Martes 22 de Diciembre de 2009 Edicion impresa pag. 3 > Nacionales
Tercer fallo ordena suspender la ley de Medios
Una jueza de Mendoza ordenó no aplicar la norma. A diferencia de otras decisiones, se centró en las supuestas anomalías en su votación en el Congreso.

BUENOS AIRES (DyN) - El tercer fallo contra la ley de medios en menos de una semana fue dictado ayer en Mendoza por la jueza federal Olga Pura de Arrabal, que ordenó suspender la normativa por las anomalías que se habrían registrado en el Congreso en el tratamiento de la ley.

Para la jueza, la ley debe quedar suspendida hasta que se resuelva si corresponde avanzar con un amparo que analice la inconstitucionalidad de la ley porque el proceso de sanción habría estado viciado de nulidad, sin respetarse los tiempos y el reglamento legislativo vigente.

Si bien dos fallos anteriores que se dictaron en la Capital Federal y en Salta cuestionaron la constitucionalidad de varios artículos de la ley, esta resolución apunta a la forma en que se armó la polémica Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, impulsada por el Gobierno. La denuncia fue presentada por el diputado nacional Enrique Thomas, representante del peronismo disidente y aliado al vicepresidente Julio Cobos, quien sostuvo que hubo un "cúmulo de irregularidades" en el tratamiento que el proyecto tuvo en las comisiones previo a su aprobación.

Thomas fue patrocinado por el ex juez federal Luis Leiva, quien -por su parte- aseguró que este fallo implica que la ley "no puede ser aplicada en ningún punto del país mientras esté vigente esta medida cautelar" y señaló que "planteamos no solamente la inconstitucionalidad sino la nulidad de la ley de medios ´K´ en razón de la violación de todos los reglamentos". Thomas había advertido que los miembros de las comisiones de Comunicaciones e Informática, Presupuesto y Hacienda y Libertad de Expresión de la Cámara Baja no habían podido "conocer a ciencia cierta en qué consistía el dictamen de mayoría".

Además, el diputado sostuvo que fue "irregular" la "constitución del quórum" para tratar la propuesta del Ejecutivo nacional y señaló que fue "intempestiva" la convocatoria "a una sesión especial, con escasas horas de anticipación", situación que "impidió que muchos diputados, en especial del interior, tuvieran siquiera la posibilidad de asistir". La jueza Arrabal valoró los argumentos en donde se indicaba que la ley podría haberse dictado "con arbitrariedad e ilegalidad manifiestas, en violación de los procedimientos y formas previstos en el Reglamento de la Cámara de Diputados de la Nación, y de tal manera violando el legítimo ejercicio de los derechos, deberes funcionales que la Constitución Nacional otorga a los Diputados de la Nación". En base a la jurisprudencia, la jueza Arrabal decidió "hacer lugar a la medida cautelar peticionada y en consecuencia ordenar la suspensión de la aplicación de la ley 26.522 y de todo acto que implique su ejecución, mientras se sustancia el presente".

Use la opción de su browser para imprimir o haga clic aquí