CIPOLLETTI (AC).- Nancy Salinas, la primera de una lista de testigos denunciados por presunto falso testimonio durante el juicio por el crimen de la bioquímica Ana Zerdán, fue absuelta ayer de culpa y cargo por la Cámara Criminal Primera de Cipolletti.
Los jueces, a diferencia de lo que afirmó la fiscalía, consideraron que la ex novia de Juan Manuel Aguirre -uno de los dos imputados que volverá a ser juzgado por el homicidio de la mujer- no se contradijo durante el proceso.
Salinas llegó a juicio por haber dicho durante el debate que "vio" cuando Juan Manuel tomó la llave del Ford Fiesta de Ana Zerdán de arriba de una mesita, cuando el 23 de marzo de 2004, en una testimonial, sostuvo que su ex novio se lo "contó".
Al responder la pregunta, ¿Juan Manuel le explicó dónde obtuvo las llaves del auto?, contestó en 2004: "me dijo que la sacó de la cocina, de arriba de una mesita", ¿Estaba con él cuando tomó las llaves? le repreguntaron. "No recuerdo", respondió en la testimonial de 2004. Este "no recuerdo" fue fundamental.
"De la simple lectura es dable percibir que no media tal contradicción, pues la imputada, en su primera expresión manifestó no recordar, lo que implica como su letra textual lo muestra, una duda o falta de certeza, por lo que a lo sumo, y teniendo en cuenta el marco temporal de unas y otras expresiones, podemos señalar que lo que existe desde el plano de la lógica de que es más probable que hoy se recuerde menos que ayer, es una disparidad, desemejanza o inexactitud", expresaron Jorge Bosch, Alvaro Meynet y Daniel Drake en su fallo.
En su alegato, el fiscal subrogante Oscar Cid había ratificado el requerimiento de elevación a juicio y pidió un año de prisión para la joven, centrando su argumento en la "contradicción" en la que habría incurrido. Pero los jueces no lo entendieron así y ayer la absolvieron.
"La norma sustantiva que estatuye el falso testimonio consigna tres acciones típicas. Ninguna de ellas está presente en forma concreta y clara ni en la promoción de acción, ni en la indagatoria, ni en la requisitoria de elevación a juicio y tampoco se plasmó en la acusación. Con ribetes poco jurídicos, más bien de contenido anecdótico, se estructuró el suceso que hoy se le reprocha a Salinas", cuestionó Bosch, el primero en votar.
Destacó que "el dolo del tipo en examen exige que el autor debe tener conciencia de la falsedad, de que lo que se afirma no se ajusta a la verdad y la voluntad de manifestarla. Si este conocimiento existió, quedó en el intelecto de la deponente y no trascendió. La sola hipótesis del transcurso del tiempo, si bien lógica y sobre la que no se indagó razón, no conlleva la certeza que se requiere para la etapa que se transcurre". Al igual que el defensor José Gerez, la Cámara concluyó que la conducta atribuida a Salinas resultaba "atípica". Por eso, por unanimidad, la absolvió de culpa y cargo. "Se hizo justicia", expresó Gerez.
Salinas no asistió a la lectura de la sentencia.