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  Jueves 10 de Diciembre de 2009  
  Edicion impresa pag. 14 » Regionales  
  Beneficios para productores en emergencia  
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BUENOS AIRES (DyN) - El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, firmó ayer la resolución que suspende los juicios en ejecución fiscal para los productores afectados por sequía.

El beneficio además difiere el pago de impuesto a las ganancias, bienes personales, ganancia mínima presunta, bienes personales y la contribución especial sobre el capital de la cooperativas.

La medida fue anunciada un día antes del acto que realizarán las cuatro entidades rurales en Palermo.

Entre otras cosas, mediante la Resolución General 2723 se suspendieron los juicios de ejecución fiscal y se implementaron los diferimientos impositivos. La norma autoriza además la deducción del impuesto a las ganancias para los productores que debieron realizar la venta forzosa de ganado.

La AFIP precisó que hay 30 días para solicitar los beneficios en las provincias que tienen declarada la emergencia económica o que fueron declaradas en zona de desastre.

En un comunicado, el organismo dijo que "la medida alcanza a 10 provincias, entre las cuales están las principales productoras de cereales y oleaginosas". Las provincias son: Buenos Aires, Córdoba, Salta, San Juan., Santa Fe, Santiago del estero, La Pampa, Catamarca, Santa Cruz y Corrientes.

Monotributistas

La medida también alcanza a los productores que son monotributistas, para quienes el beneficio es la reducción del componente impositivo de hasta el 50 por ciento para quienes se encuentren en zona de emergencia y de hasta un 75 para quienes estén en zona de desastre.

Para acceder al beneficio, los productores deberán dirigirse a las dependencias de la AFIP y presentar el certificado provincial que acredite la identificación del productor y el establecimiento que están incluidos dentro de la zona de emergencia o desastre. Por otra parte, los productores a través de una nota -que tendrá carácter de Declaración Jurada- que la explotación afectada constituye su actividad principal.


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