SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- La Cámara Laboral local rechazó el recurso de amparo presentado por una guardaparque del municipio que denunció discriminación en los motivos de su despido. Los jueces Ariel Asuad y Carlos Salaberry entendieron que no surgía con la nitidez la arbitrariedad que se requería para intervenir en la resolución, y Juan Lagomarsino opinó que el amparo era la vía idónea para resolverlo, y que los fundamentos del municipio eran discriminatorios.
Cecilia Goity, la amparista, manifestó su agravio al sostener que la resolución del municipio fue dictada basándose en informes discriminatorios que hacían hincapié en su contextura física, en su origen y en su edad.
Los jueces Asuad y Salaberry, en su resolución, recordaron que el amparo es una acción expedita que procede contra todo acto u omisión "de autoridades públicas o de particulares que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos amparados por la Constitución, un tratado o una ley", y evaluaron que en el caso "el hecho discriminatorio no surge con la nitidez que se requiere para la resolución del conflicto por esta vía excepcional".