Martes 17 de Noviembre de 2009 Edicion impresa pag. 7 > Regionales
Camuzzi tendrá que pagar por un accidente con monóxido
Fue ratificado por el Superior Tribunal de Justicia

VIEDMA (AV)- La empresa distribuidora de gas es la responsable por el funcionamiento de los artefactos y las conexiones en las viviendas. Así lo consideró el máximo cuerpo judicial de la provincia, al rechazar el recurso que Camuzzi Gas del Sur había interpuesto para evitar tener que hacer frente a la indemnización que reclama la familia de una joven que murió por inhalación de monóxido de carbono de un calefactor con desperfectos.

"La responsabilidad de la prestataria del servicio no nace sólo de la propiedad de las instalaciones, sino que es propia de su actividad y cometido, es decir de la obligación de supervisión que resulta inherente a su actividad, que le exige ejercer una razonable viglancia de las condiciones en que el servicio se proporciona, para evitar consecuencias dañosas", afirmó en su fallo el vocal del STJ, Víctor Sodero Nievas.

Agregó que "esa razonable vigilancia no puede ser ajena a Camuzzi máxime aún cuando de la documentación surgían claros indicios del defecto que ocasionó el accidente". Concluyó el vocal que la empresa "no actuó con con el deber de lealtad, probidad y buena fe que como concesionaria del Estado le correspondía".

La Cámara de Apelaciones había denegado el recurso, al entender que la demandada pretendía ingresar en la ponderación de la prueba producida durante la sustanciación del proceso, por lo que Camuzzi fue en queja al STJ. De esa forma, el tribunal de alzada confirmó la sentencia de primera instancia que resolvió hacer lugar a la demanda de daños y perjuicios deducida por la madre de una joven de 16 años que murió el 16 de julio de 2002, como consecuencia de la inhalación de monóxido de carbono proveniente de la deficiente instalación de un calefactor. Los propietarios de la vivienda que alquilaba la familia y Camuzzi deberán pagarle a la madre 428.115 pesos más el 18% anual de intereses que se generen hasta la fecha del pago efectivo. Camuzzi pretendió hacer valer que al momento de la instalación del calefactor, la empresa aún no había tomado la concesión y la responsabilidad era de Gas del Estado.

Sin embargo, tanto en primera instancia, como la Cámara y el STJ descartaron ese argumento que no pudo ser probado con la documentación aportada. Luis Lutz, en tanto, en función del acuerdo de los jueces anteriores se abstuvo de votar, con lo que el STJ ratificó la sentencia que obliga a indemnizar a la madre de la joven fallecida.

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