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  Martes 17 de Noviembre de 2009  
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  Ratifican en sus cargos a jueces que avalaron las candidaturas testimoniales  
El Consejo de la Magistratura consideró que las faltas que se le imputaban a los magistrados no ameritaban una sanción disciplinaria. El juicio había sido promovido por el abogado José Cedrún Gutiérrez.
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El Consejo de la Magistratura ratificó en sus cargos al juez federal platense Manuel Blanco y a los camaristas electorales Santiago Corcuera y Rodolfo Munne, cuyos juicios políticos habían sido pedidos por un abogado por avalar las "candidaturas testimoniales" en los comicios del 28 de junio pasado.

El Consejo consideró que "las supuestas faltas que se les imputan a los magistrados denunciados se circunscriben, en definitiva, a cuestiones que hacen referencia a materia de estricto carácter jurisdiccional", y por lo tanto no ameritan una sanción disciplinaria. "No se desprenden los extremos invocados en cuanto a la supuesta irregular actuación que se les reprocha", dijo el Consejo, según una resolución a la que tuvo acceso DyN.

En junio pasado, el abogado José Cedrún Gutiérrez promovió el juicio político contra los jueces que avalaron las "candidaturas testimoniales" por una supuesta "complacencia de fraude". El denunciante advirtió entonces, previo a las elecciones, que si los candidatos del Frente para la Victoria Sergio Massa y Daniel Scioli "resultaren electos y no asumieran, son los jueces los que con actitud complaciente están contribuyendo a que el pueblo sea el defraudado al no haber emplazado a los candidatos a que primero renuncien a sus actuales cargos".

En agosto, cuando Scioli anunció que no asumiría la banca para la que había sido elegido, el abogado insistió con el reclamo de juicio político: "La traición y el engaño al pueblo se han consumado gracias a la complacencia de nuestros ilustres magistrados". Pero al analizar el caso, el Consejo de la Magistratura respaldó a los jueces cuestionados destacando que la Constitución prohíbe "el ejercicio simultáneo de ambos cargos (en el caso de Scioli, gobernador y diputado) y no una restricción al derecho a ser elegido para alguno de ellos mientras se desempeñe el otro".

"La interpretación del artículo 73 de la Constitución Nacional no dependía –ni podría haber dependido- de que los candidatos tuvieran o no tuvieron la intención de asumir el cargo para el cual se postulaban", advirtió el Consejo. En ese sentido, citaron el fallo de la Cámara Electoral, según el cual "en tres ocasiones, en el curso del proceso judicial (los candidatos manifestaron) su voluntad de asumir los cargos para los cuales se postulaban".

"Lo manifestado públicamente por Scioli respecto a que no sumiría el cargo que obtuvo en la elección, es irrelevante, en atención de que precisamente la conducta posterior que pueda tener el postulante no es lo que se tiene en cuenta, no se pretende valorar el acierto o error de una decisión anterior", abundó el Consejo.

"Ninguna norma del ordenamiento electoral argentino permite al juzgador penetrar en el fuero íntimo de las personas juzgadas", añadió. Los consejeros recordaron, además, que los tres jueces afrontaron por las mismas razones un proceso penal, pero el juez Daniel Rafecas resolvió "desestimar la denuncia".

DYN


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