VIEDMA (AV).- Los crueles tratamientos terapéuticos en pacientes terminales podrán ser soslayados en Río Negro al reglamentarse la Ley N° 4.264. La norma los habilita para que puedan expresar su voluntad de que no les apliquen o les retiren medidas de soporte vital conducentes a una prolongación innecesaria de la agonía, y que mantengan en forma penosa, gravosa y artificial la vida.
El decreto N° 839 del Poder Ejecutivo provincial conocido ayer, pone en vigencia una declaración por escrito del requirente. Otorga participación a dos testigos que permitan avalar una decisión final.
A ese formulario denominado de "información fehaciente" se le incorporará cada historia clínica, mientras que los testigos no deben ser parientes hasta el segundo grado y tampoco tener vínculos patrimoniales con el solicitante.
La ley que persigue el respeto a la calidad de vida y a la dignidad de los enfermos terminales, prevé que cuando exista imposibilidad física del paciente a prestar acuerdo, su manifestación de voluntad podrá ser firmada a ruego por los testigos.
La autora de la ley Marta Milesi (UCR) destacó la puesta en vigencia, tras su reglamentación, y ahora "cualquier persona tiene acceso". Advirtió que "tuvimos que ser puntillosos en la reglamentación para evitar que alguien pueda interpretar que le estamos abriendo la puerta a la eutanasia, cuando en realidad estamos muy lejos de ello". Insistió en ese sentido que el fin perseguido "es que los pacientes puedan morir sin sufrir".
En cuanto a la situación de Río Negro, como una provincia de avanzada en materia de salud, manifestó que tanto en esta provincia como en la vecina Neuquén "siempre hubo decisión política" para aplicarla. Resaltó la ayuda de dos obispos como Miguel Hesayne y Jaime De Nevares, quienes demostraron "una iglesia de avanzada", tomando en cuenta que "vivimos en provincias más desestructuradas" que en el Norte.
Trabajo "cauteloso"
La Ley rionegrina fue promulgada en 2007, pero Milesi se ocupó de aclarar que las demoras en implementarla, estuvieron relacionadas con la necesidad de trabajar "en forma cautelosa" los procedimientos vinculados con los límites de un tratamiento o bien definir hasta dónde se puede prolongar una agonía.
Quedaron adecuadas las normas de reanimación artificial, medidas de soporte vital, el sufrimiento inevitable y las acciones tendientes a controlar los síntomas que producen dolor.
Las directivas fueron propuestas en un intercambio de opiniones dentro de un Comité de Bioética integrado por los doctores Luis Justo, Norberto Cráneo, José Mayneti y Jorge Melo, entre otros.
La norma exime de responsabilidades legales al profesional médico que encabece este tipo de procedimientos, a la vez que se respetarán objeciones de conciencia fundadas en razones éticas. Quienes se nieguen deben anticipar una declaración jurada en el establecimiento sanitario -público o privado- en el que prestan servicios.
Todos los nosocomios deberán contar con una unidad de cuidados paliativos.
El Ministerio de Salud de Río Negro deberá llevar un Registro de Voluntades Anticipadas como documento confirmatorio de la decisión, en tanto que la objeción de conciencia será archivada en el legajo de cada profesional que haya decidido optar por no participar de la manifestación expresada por el paciente.