Miércoles 28 de Octubre de 2009 Edicion impresa pag. 33 > Policiales y Judiciales
No podrán ser querellantes

CIPOLLETTI (AC).- La Cámara Primera en lo Criminal confirmó la resolución que había revocado la constitución como querellantes de los padres de Eduardo Mello, el joven asesinado en enero de este año en Cipolletti. La medida se tomó teniendo en cuenta que uno de los tres imputados es menor de edad.

Roberto Berenguer, abogado de Jorge Mello y Rosa Graciela Espinoza, había manifestado ante la Cámara que no desconocía los derechos establecidos para con los menores, pero argumentó que "también existen derechos para las víctimas que deben ser respetados". Acotó que hay dos sujetos mayores de edad imputados, quienes están sujetos al proceso judicial común y ante los cuales la querella "debe contar con las garantías que le permitan su actuación en el pleito".

La fiscal de Cámara subrogante, Rita Lucía, se opuso al planteo y dictaminó que aún cuando existan imputados mayores, "el proceso no puede escindirse en relación al imputado menor". Y así lo entendió el Tribunal. "En los procesos en que el sujeto activo sea un menor de edad, no puede haber querellante particular, pues la ley no le acuerda legitimación", expresaron los jueces Daniel Drake y Álvaro Meynet. Dijeron que tampoco cabe diferenciar entre procesos en los que hay imputados mayores y menores de edad conjuntamente.

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