Viernes 23 de Octubre de 2009 Edicion impresa pag. 30 > Municipales
Avalan paralizar obras al sur de Las Grutas
El Codema había prohibido construir en tierras en litigio

VIEDMA (AV)- La resolución 219/05 del Consejo de Ecología y Medio Ambiente, que prohibió la continuidad de las obras que un importante grupo de inversores lleva adelante en las tierras en litigio ubicadas al sur de Las Piedras Coloradas, en cercanías del balneario Las Grutas, fue ratificada esta semana en sus aspectos centrales por el Superior Tribunal de Justicia.

El STJ rechazó el recurso presentado en el ámbito Contencioso Administrativo por los particulares que pretendían que la medida emitida por la provincia a través del Codema fuera declarada nula e ilegítima. En ese sentido, los privados argumentaron que no existió riesgo ambiental en la intervención sobre el terreno, que hay contradicciones en el objeto de evitar la urbanización que tiene la resolución con la condición de reserva urbana de Las Grutas, que el Codema carece de facultades para ordenar la paralización de obras y que ha incurrido en desviación de poder por parte de ese organismo, entre otros elementos, que el STJ rechazó.

Para fundamentar su decisión, el máximo cuerpo judicial destacó el carácter preventivo propio del derecho ambiental y la condición de área natural protegida que tiene toda esa zona, ubicada desde Las Piedras Coloradas hasta El Sótano.

"La preservación del medio ambiente tiene un fuerte carácter preventivo y cualquier obra que se realice sin la evaluación de impacto ambiental y la correspondiente resolución ambiental que autorice el emprendimiento implica un riesgo para el ambiente", sostuvo el STJ en su fundamentación.

Según los jueces Luis Lutz, Alberto Balladini y Víctor Sodero Nievas, la falta de valoración de prueba tampoco puede prosperar, porque tanto el convenio de transferencia de Tierras Fiscales -que suscribieron el ex gobernador Pablo Verani y el ex intendente de San Antonio Adrián Casadei, en 2001- como el Plan Director, fueron tenidos en cuenta. No puede cuestionarse, sostuvo el STJ, la autoridad de aplicación que concierne al Codema en relación a estos temas.

El Tribunal solamente consideró que la Cámara de Apelaciones a la que llegó el recurso en cuestión, se excedió al incursionar en aspectos que se investigan en otra causa judicial, que se refiere al dominio de esas tierras y que involucra al Municipio de San Antonio y a los herederos de Eugenio Tarruella (padre). Por eso, en ese sentido, el STJ resolvió hacer lugar parcialmente al recurso en cuanto a que los actores se encuentran efectivamente legitimados para accionar, lo que no había sido considerado por la Cámara Civil en la instancia previa. Pero en la cuestión de fondo, avala la resolución del Codema.

Use la opción de su browser para imprimir o haga clic aquí