Viernes 23 de Octubre de 2009 Edicion impresa pag. 10 > Regionales
El Codeci pidió a la Policía no obedecer una orden judicial
Por un desalojo de tierra ribereña que una familia vendió y ahora reclama.

La confusión jurisdiccional parece reinar en ciertos reclamos de tierras que invocan el derecho ancestral de comunidades mapuches. Pero en estos días la cuestión parece haber llegado al extremo de promover que la Policía de Río Negro desobedezca una orden judicial.

Así surge de la nota que Florentino Huircapán, presidente del Consejo de Desarrollo de las Comunidades Indígenas dependiente del ministerio de Gobierno, remitió por fax al jefe de la Unidad Regional Segunda de Policía, Luis Salinas.

En el escrito, Huircapán solicita a la Regional II "se abstenga de ejecutar el oficio" judicial del 29 de mayo de este año que ordenaba desalojar a la familia Rojas-Huenelaf de un predio ribereño en el Alto Valle, autorizando para ello el uso de la fuerza pública.

En esa causa que ya tiene varios años de trámite -caratulada "Castillo Antonia s/sucesión"- la jueza Civil Adriana Mariani desestimó el reclamo de la familia Rojas-Huenelaf al constatar que la tierra, cuyo título está en regla, fue vendida por los sucesores de la titular a personas que resolvieron destinarla a un emprendimiento inmobiliario. Pasada esa instancia, uno de los vendedores reingresó al predio que, ahora, reclama como bien "ancestral".

En días recientes, cuando el propietario reconocido por la Justicia advirtió que los ocupantes irregulares comenzaban a cercar parte de la propiedad, solicitó el auxilio de la fuerza pública. Fue entonces que la Policía le informó que no podía actuar en virtud de la nota remitida por Huircapán.

Así, ha quedado planteado un conflicto que, en principio, enfrenta a dos poderes: el Judicial, que ordenó el desalojo y autorizó el uso de la fuerza pública, y el Ejecutivo, que rehúsa acatar esa orden. En un segundo nivel, se produce otro que enfrenta a dos organismos que dependen del mismo Ministerio: la Policía y el Consejo de Desarrollo de las Comunidades Indígenas.

La ley provincial 2287 de Asuntos Indígenas sancionada en 1988 creó el Codeci como autoridad de aplicación, con carácter consultivo y resolutivo. Dispuso que su Consejo Ejecutivo tenga tres representantes del Consejo Asesor Indígena y dos del Poder Ejecutivo, y el Consultivo por siete representantes del CAI y siete del Ejecutivo, pero presidido por uno de los primeros.

Funciona en ámbito del Ministerio de Gobierno del cual depende, tiene carácter permanente como espacio de cogestión. Sus miembros duran un año y son remunerados por el Estado.

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