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  Sábado 03 de Octubre de 2009  
  Edicion impresa pag. 33 » Policiales y Judiciales  
  Condenan a la provincia por allanamiento violento  
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SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- El juez en lo Civil de Bariloche Emilio Riat condenó a la provincia de Río Negro a indemnizar con 30.000 pesos a una mujer a quien la Policía le allanó su domicilio "con desconsideración y violencia", ocasionándole, además de daños materiales, un daño moral, porque "no estaba incursa en ningún delito".

La sentencia eximió de responsabilidad civil al juez en lo penal Martín Lozada, quien había ordenado el allanamiento en base a una denuncia anónima. El magistrado investigaba un delito y ante la posibilidad de que allí hubiera objetos robados ordenó la requisa domiciliaria.

En la demanda, la mujer denunció que el allanamiento fue practicado en forma arbitraria y apresurada, y demandó a quienes lo ejecutaron por "el modo violento, desmesurado, abusivo, despectivo, en exceso de las facultades otorgadas por la orden judicial" con que llevaron adelante la medida judicial.

El magistrado encuadró la responsabilidad del Estado rionegrino como "falta de servicio", que se configura cuando un órgano no ejecuta la función estatal que le compete, o la ejecuta mal y con ello produce un daño, y entendió que "los agentes policiales practicaron el allanamiento con excesos no permitidos por la orden judicial, de modo que la Provincia es responsable indirecta por sus consecuencias perjudiciales".

Riat criticó que los agentes hayan revuelto y desordenado los enseres de la vivienda por propia autoridad, "sin requerir siquiera a los dueños de casa que exhibieran sus pertenencias", e indicó que faltaron "gestos mínimos" de consideración, porque ninguno se encargó de tranquilizar a la mujer atemorizada.

Recordó además que la Policía "no debe olvidar jamás que en un estado de derecho el allanamiento es una medida excepcional, un sacrificio de la garantía constitucional del domicilio", que por regla general es inviolable, y que "los moradores conservan el principio de inocencia, "aunque exista semiplena prueba en su contra".

El daño moral sufrido por la demandante fue calculado en 20.000 pesos por Riat, más 10.651 pesos en concepto de intereses devengados desde la fecha del allanamiento, aunque reconoció que los daños extra patrimoniales son literalmente irreparables con dinero, y "no existen fórmulas matemáticas para calcular" esa afectación a las personas. Para el magistrado, la indemnización es "una compensación o recompensa patrimonial por el menoscabo extra patrimonial".


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