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Un fallo anula la ordenanza de la UNC y Pandolfi podrá dar clases | ||
Conjuez consideró su exclusión como un "peligroso precedente" | ||
CIPOLLETTI (AC).- Oscar Pandolfi tiene posibilidades ahora de dar clases en la Universidad Nacional del Comahue, porque el conjuez federal Carlos Fazzolari le hizo lugar al recurso de amparo que presentó, anulando las ordenanzas del Consejo Superior que le impidieron ser profesor consulto. El argumento que generó polémica y que impidió que el abogado trabajara como docente fue que "sistemáticamente defendió a violadores". "La convalidación de la decisión adoptada por el Consejo Superior de la Universidad del Comahue resultaría, a mi entender, un peligroso precedente, en tanto dicho Consejo ha restringido abiertamente el derecho de defensa y consecuentemente el debido proceso, al pretender imponer a los abogados que ejerzan una función académica y que aspiren a continuar ejerciéndola, un filtro de control ético o moral sobre su actuación profesional independientemente del claustro docente, ajeno por principio y con el alcance referido, a las autoridades de la UNC y que es incompatible con la plena libertad de ejercicio de su ministerio", opinó el conjuez. Pandolfi, junto a un grupo de abogados, presentó un recurso de amparo contra la decisión del Consejo Directivo de la UNC, que en mayo de este año rechazó su designación como profesor consulto en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. El abogado alegó que esa disposición se basó en el cuestionamiento a su labor profesional como defensor de personas imputadas por delitos contra la integridad sexual. Y que ello, a su criterio, violentó el derecho al libre ejercicio de la profesión de abogado, la libertad de cátedra con que debe ser llevado adelante el ministerio de la docencia en un estado social y democrático de derecho, y la afectación al derecho de defensa. Por su parte la UNC sostuvo que en ningún momento se pretendió desconocer esos principios constitucionales, sino que la negativa se fundó en consideraciones relativas "a los principios éticos" de la forma de ejercer dichos derechos por el abogado. Señaló que en todo caso ello resulta una facultad emergente del estatuto de la universidad y la ley de Educación Superior, "en tanto en razón del principio de autonomía universitaria dicho nombramiento es una facultad propia y exclusiva de la institución académica, a la que no se puede obligar en su ejercicio a actuar en un sentido determinado". Fazzolari le hizo lugar al amparo presentado por Pandolfi. "Una imputación de falta de ética o moral en el actuar profesional del doctor Pandolfi, hecha por el Consejo Superior sin un sustento objetivo, importaría incluso un claro apartamiento de lo enunciado en las propias bases estatutarias de la Universidad que expresan que se ´asegura dentro de su recinto la más amplia libertad de investigación y expresión´", remarcó. | ||
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