CIPOLLETTI (AC).- La Cámara Criminal Primera declaró la nulidad de los procesamientos de los tres imputados por el crimen de Eduardo Mello y ordenó reenviar las actuaciones al juzgado de origen "para la prosecución del trámite". Uno de ellos seguirá detenido porque tiene otra causa en su contra.
La imputación de estas personas -se pidió no publicar los nombres porque "sigue la investigación"- surgió en medio de un gran hermetismo. Fue el padre de la víctima quien reveló que había tres involucrados, sin brindar las identidades. "El caso ya está casi resuelto", opinó en ese momento. Pero los defensores apelaron la resolución dictada por la jueza María del Carmen García García y, pese a que el fiscal de Cámara pidió la confirmación de los procesamientos, la Cámara entendió, por el contrario, que se debía declarar la nulidad.
El primero en votar fue el juez Daniel Drake, quien reprochó que la resolución se fundaba parcialmente "en prueba inexistente o ilegalmente ingresada al proceso, hecho que por sí solo afecta la garantía del debido proceso y defensa en juicio de los imputados". Se refería a un allanamiento realizado en el barrio Puente 83, en la casa de uno de los sospechosos, donde supuestamente se secuestraron tres cargadores de pistolas 9 mm. Pero en el expediente "no se ha hallado constancia alguna de tal secuestro", remarcó Drake. Evaluó además como "endebles y contradictorias" las manifestaciones de un testigo protegido que afirmó haber visto "juntos" a los imputados en el lugar del hecho la noche del 21 de enero pasado, antes de que ocurriera el crimen. Dijo además haber oído el disparo de un arma "grande" y que pasados unos días escuchó un comentario: "me mandé una cagada le pegué un tiro a un pibe para robarle la moto".
Tuvo en cuenta también "el cuestionado testimonio" de Maximiliano Breide Obeid, secretario penal, que aportó dichos de un tercero. Consideró que su proceder "lo situaría en los umbrales del Código Penal por violación de secretos".
Alvaro Meynet compartió la opinión de Drake porque "el auto atacado no responde a los estándares legales y constitucionales exigidos". El juez Guillermo Baquero Lazcano se abstuvo.