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Cipolletti: más control en autoparques y talleres | ||
Deberán tener un listado de los vehículos en venta. Se exigirá la habilitación de cada comercio. | ||
CIPOLLETTI (AC).- En unos quince días comenzará a regir el nuevo Código de Comercio de Cipolletti, que además de impulsar medidas más restrictivas para la venta de bebidas alcohólicas y horarios para los boliches bailables, establecerá un control más estricto sobre autoparques y talleres de reparación de motos, entre otros cambios. "Se irá avanzando en forma gradual", informaron desde el municipio ayer. A partir de ahora, los autoparques, consignaciones y afines deberán presentar en la dirección de Comercio un listado verificado por la policía de todos los vehículos usados que se encuentren a la venta. Esto deberán hacerlo en forma mensual "o cuando la autoridad de aplicación lo solicite". "No se aceptará el sistema de venta a consignaciones y afines, sin la habilitación comercial, registro foliado y rubricado por la dirección de Comercio donde debe constar el nombre del titular del vehículo, domicilio, teléfono y documentación de compra del mismo, con seguro contra tercero", indica otro de los puntos. Los talleres de chapa y pintura no podrán realizar ningún trabajo en la vía pública y las estaciones de servicios deberán implementar un sistema cerrado de video filmación las 24 horas. Otra de las novedades es que cada taller de motos deberá tener un registro de los rodados y sus dueños. También el nuevo texto implementará reformas sobre de la responsabilidad de los servicios de contenedores ubicados temporalmente en el espacio público o en los lugares de dominio privado. Los contenedores deberán tener determinadas medidas, elementos de seguridad, identificación, seguros de responsabilidad social y habilitación para el uso del espacio público. En tanto, el código incorporó la norma "Cipolletti 100 x 100 libre de humo de tabaco" que prohibe fumar en espacios públicos cerrados, como restaurantes, cafés, , entre otros. Asimismo, introdujo la figura de "Director Técnico Bromatológico" en los supermercados y despensas que cuenten con una superficie mayor a los 60 metros y más de 5 empleados. De la misma forma, se agregó un ítem referido al manejo integral de plagas en los comercios. Implementará sanciones a comercios y personas que exhiban y vendan alimentos en la vía pública, a veterinarias que no cumplan con las guardias de 24 horas, a los deliberies que vulneren el horario de expendio de bebidas alcohólicas y otras disposiciones. Los cambios referidos al horario y venta de bebidas alcohólicas son diversos. En primer lugar, los comerciantes deberán poseer una habilitación especial que los autorice para la venta y expendio. Será obligatorio, se pagará una vez por año e implicará "un monto 10 veces superior al que rige para los comercios". En segundo lugar, se ratificó la prohibición de venta de bebidas alcohólicas a menores de edad en el ejido municipal y su expendio, venta y consumo en eventos deportivos, educativos, artísticos. Los comercios, tanto despensas y autoservicios como rotiserías, deberán cerrar sus puertas a la medianoche y las confiterías bailables podrán vender bebidas alcohólicas y en vasos de plástico desde las 0 hasta las 6. | ||
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