Viernes 25 de Septiembre de 2009 Edicion impresa pag. 38 > Policiales y Judiciales
Caso Cabezas: confirman sentencia

BUENOS AIRES- La Cámara de Casación bonaerense confirmó la condena a "reclusión perpetua" del ex policía de la provincia Gustavo Prellezo por el asesinato del fotógrafo José Luis Cabezas, en 1997. La Sala Primera de la Cámara, con las firmas de los jueces Carlos Mahiques, Jorge Celesia y Fernando Mancini, dejó así firme la condena aplicada en 2000 al ex policía por los delitos de "estafa, en concurso real con sustracción de persona agravada por la muerte de la víctima, en concurso ideal con homicidio calificado por alevosía, este último en calidad de autor".

El tribunal rechazó por "insuficiente" el recurso de casación presentado por la defensa de Prellezo, condenado en febrero de 2000 por la Cámara de Garantías de la localidad bonaerense de Dolores.

En un fallo de 58 páginas, la Cámara de Casación rechazó los cuestionamientos de Prellezo contra la presunta falta de imparcialidad del tribunal, la modificación de la acusación inicial y la falta de capacidad para intervenir en el juicio ya que, tratándose de un secuestro, consideraba que debía intervenir la justicia Federal.

Prellezo también alegó que no había sido oído durante el juicio, y para ello refrescó un diálogo entre dos jueces del tribunal, en el que uno de ellos preguntaba "si entendía algo", a lo que el otro respondía que "no". "No se desprende de la sentencia impugnada, ni el abogado ha precisado en su recurso, cuáles habrían sido los planteos concretos que el tribunal no habría entendido, de manera que sus alegaciones no resultan suficientes para demostrar que la estrategia elegida por el defensor o la supuesta falta de comprensión del tribunal se hayan traducido, en el caso, en una violación al derecho de defensa", replicó la Casación.

Finalmente, el tribunal rechazó también los planteos de Prellezo sobre la falta de concordancia en los relatos de la mecánica del asesinato de Cabezas, en una cava de General Madariaga, en el verano de 1997. "En lo que respecta a las contradicciones existentes entre las declaraciones de los integrantes del grupo de Los Hornos, el defensor particular, en concreto, se ha limitado a destacar sólo una, en la que el tribunal habría considerado mínima la discordancia acerca del lugar de la cabeza en el que le habrían apuntado a la víctima", evaluó el tribunal. (DyN)

Use la opción de su browser para imprimir o haga clic aquí