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  Viernes 18 de Septiembre de 2009  
  Edicion impresa pag. 32 » Municipales  
  Condenado por deuda de un homónimo  
El municipio de Roca llevó a juicio a un vecino por tasas impagas, pero el demandado era otro.
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  El error de Catastro derivó en un juicio y una sentencia contra la persona equivocada.
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  El error de Catastro derivó en un juicio y una sentencia contra la persona equivocada.
 

ROCA (AR)- La jueza de Paz de esta ciudad condenó y ordenó embargos contra bienes de un vecino, por deudas de tasas municipales que tenía un homónimo.

El insólito caso lo vivió un vecino del barrio Los Olmos, quien el miércoles al mediodía recibió una notificación firmada por el abogado del municipio de Roca, Pablo Bergonzi, informándolo de la "sentencia monitoria" dictada por la jueza de Paz, Norma Cristina Martino.

La sentencia ordenaba el pago íntegro de tasas retributivas por 2.135,05 pesos, más 1.100 pesos de intereses y 300 pesos en honorarios del abogado Bergonzi.

En su resolución, la jueza Martino ordenaba que se dispusiera el mandamiento de embargo sobre bienes suficientes "a juicio del oficial de justicia interviniente hasta cubrir el capital reclamado, más lo presupuestado para intereses y costas" y autorizaba a "allanar domicilios y solicitar el auxilio de la fuerza pública si fuere menester para el cumplimiento de lo ordenado".

La resolución mencionaba el embargo de cuentas bancarias y amenazaba con una inhibición general contra el demandado.

La presentación del abogado Bergonzi incluía una liquidación efectuada por la dirección de Fiscalización, avalada por el intendente Carlos Soria y el secretario de Hacienda, Alejandro Palmieri. Pero tenía una inexactitud, mucho más que importante para el caso: el vecino no es el propietario del bien cuya nomenclatura catastral se indicaba en la sentencia.

Ayer, a primera hora de mañana el hombre concurrió al municipio donde, en el sector de atención al contribuyente le ratificaron la existencia de la deuda y se enteró de que el bien era un inmueble ubicado en Belgrano y Estados Unidos. De allí fue a Catastro, donde inicialmente le ratificaron que era el deudor, de acuerdo con el número de DNI. Reclamó que trajeran la plancha donde se encuentran inscriptos las propiedades y allí surgió que el nombre coincidía, pero difería el número de documento.

Con ese dato fue al juzgado de Paz, donde el secretario Fernando Bustamante recibió un escrito deslindando cualquier vinculación del acusado con el inmueble. Consultado acerca de por qué razón la sentencia de la jueza es la primera notificación que recibe el imputado, Bustamante lo atribuyó a que "las leyes de Río Negro son así".

De vuelta en el municipio, consultó en Fiscalización cómo podía ocurrir una equivocación de ese tipo y señalaron a Catastro como responsables del error.

"Por suerte me tocó a mí pero ¿qué pasaría si la víctima del error de los funcionarios del municipio fuera una persona con problemas cardíacos o de hipertensión?", se preguntó el vecino perjudicado.


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Nos dejo su opinión
18/09/2009, 08:40:39 Reportar Exceso
jofilborgac
Que verguenza realmente!!! el problema no lo genera el Juzgado de Paz, ni el Juez ni el Secretario Bustamente... el problema lo genera el abogado que firma y presenta la demanda.... Sr. Ud. tiene derechos!!! ejerzalos!!! Ud. se puede oponer a la ejecución con EXCEPCIONES técnicas y la demanda deberá ser rechazada. Y que esas costas las pague el abogado y no el municipio (es decir los contribuyentes...) Haber Sr. Soria, Ud. que es tan guapo si hace algo con esto... Sr. afectado: Ud. puede demandar al abogado por Daño Moral... acredite su alteración emocional y la demanda es procedente.. adelante... ejerza sus derechos
 
 
 
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