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Debate abierto por la leve condena | ||
ROCA (AR).- Fuertes reacciones generó en todo el país la sentencia de la Cámara Criminal Segunda de Roca que condenó a un hombre de esta ciudad a la pena de 5 años de prisión, bajo la figura de "homicidio culposo", luego de dar por probado que había asesinado a una joven de 75 puñaladas y una brutal serie de golpes. La polémica condena a Ramón Orlando Sosa, el acusado del crimen, será recurrida por el fiscal de Cámara Edgardo Rodríguez Trejo, quien ayer manifestó su intención de fundamentar un recurso de casación ante el Superior Tribunal de Justicia rionegrino. Con eso buscará una nueva mirada sobre el hecho, por el que el funcionario había pedido 15 años de condena para el imputado, bajo la calificación legal de "homicidio simple". El defensor oficial Daniel Tobares, quien representó a Sosa durante la última etapa del proceso, aclaró ayer que la figura de "homicidio culposo" que finalmente aplicó el tribunal de juicio sí había sido planteada a lo largo de su alegato, como pedido subsidiario tras el planteo principal en el que había requerido la absolución plena por considerar a su defendido como inimputable. Lo cierto es que una junta médica del Cuerpo Médico Forense había dictaminado por unanimidad que a causa de su altísimo grado de ebriedad, Sosa "no pudo comprender la criminalidad de sus actos ni dirigir sus acciones" la noche del 27 de febrero de 2008, cuando asesinó a Laura Nahuelcar. Si la sentencia sólo hubiera contemplado la visión médica, Sosa hubiera resultado absuelto de toda culpa. | ||
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