Miércoles 09 de Septiembre de 2009 Edicion impresa pag. 32 > Policiales y Judiciales
Se negaron a declarar dos acusados por pornografía infantil
Matrimonio de Bariloche se presentó ante Gaimaro Pozzi. El hombre aclaró y la mujer negó cualquier participación.

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB)- Como parte de una estrategia para evitar encontrarse o confrontar con representantes de los medios de prensa o de organismos de derechos humanos, Ricardo Runge y su esposa Nilda Alicia Domínguez se presentaron ayer con su abogado a prestar declaración indagatoria ante el juez de Instrucción Miguel Ángel Gaimaro Pozzi.

El hijo de la pareja, Hilario, ya fue desvinculado de la causa, porque padece el llamado "trastorno de Asperger", una afección mental que no lo invalida, pero le otorga una capacidad diferente.

Los sospechosos de producir, comercializar o difundir imágenes de pornografía infantil llegaron a Tribunales a las 10 con su abogado Omar Costa, y se retiraron a las 12:30 después de cumplir con la exigencia procesal de prestar declaración indagatoria. Esa diligencia les permitió conocer los elementos en su contra que están en poder del magistrado y que podrían fundar la base para un procesamiento, y contar con el consejo y asesoramiento de un letrado para prestarse a declarar o no. En este caso ambos prefirieron abstenerse, aunque la decisión no les veda la oportunidad de hacer alguna manifestación, como en realidad lo hicieron.

Primero indagaron a Nilda Alicia Domínguez de Runge, porque es quien encabeza en la carátula la causa contra la integridad sexual, pero después de conocer los elementos que tiene provisoriamente el juzgado en su contra, negó su participación en cualquier delito y se abstuvo de declarar.

Después fue el turno de Ricardo, quien también se negó a responder preguntas, pero utilizó la oportunidad para aclarar cuál había sido su participación en el hecho que se investiga.

Cumplida esta diligencia el juez Gaimaro Pozzi dispone de un plazo limitado para decidir si los elementos en su poder son suficientes para imputarle a uno o a los dos sospechosos alguno de los actos punibles previstos en el artículo 128 del Código Penal.

La investigación que involucra al matrimonio Runge se inició en esta ciudad el 1 de julio último con el allanamiento a su vivienda, pero está contenida en una causa que iniciaron las policías de Australia y Gran Bretaña hace más de un año.

Con dos allanamientos y el secuestro de varias computadoras, cámaras fotográficas, memorias extensibles y otra importante cantidad de elementos de juicio, Gaimaro Pozzi se tomó dos meses para analizar el material antes de indagar a los sospechosos.

Ayer, por otra parte, el magistrado dio a conocer los fundamentos de su decisión de excluir a la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos y a sus representantes de la causa, al negarle su pretensión de participar como querellantes. "Estas personas ideales sí pueden intervenir como querellante siempre y cuando actúen como representante de un particular ofendido por el delito que se investigue, como un mandatario especial de la víctima", argumentó el juez en su fallo.

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