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Vecinos piden la rezonificación | ||
Intentan que la comuna de Bariloche redefina las zonas tributarias. | ||
SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- La Asamblea Permanente por las Tasas Justas presentó al Ejecutivo municipal una "propuesta de rezonificación" que busca reordenar la base de contribuyentes en función de los servicios reales que recibe y los costos de esas prestaciones. La iniciativa fue elevada al secretario de Hacienda como un aporte al trabajo encomendado por la ordenanza 1889 a una comisión especial que debía redefinir las zonas tributarias antes del 12 de septiembre y que hasta la fecha logró escasos avances. La comisión evaluadora de la tasa de Servicios Retribuídos, integrada por las carteras de Planeamiento, Economía, Obras y Servicios Públicos, se reunió por última vez el 30 de junio y todavía no tenía un bocetos del nuevo mapa tributario de la ciudad, que deberá someterse a audicencia pública. Esta situación alentó a los vecinos a elaboraron en un documento que contiene un plan de cuentas, destinado al cálculo de costos de los servicios de alumbrado, barrido y limpieza, y un planteo de zonificación del ejido en función de esos servicios. En el escrito la asamblea recordó que el Ejecutivo deberá presentar el proyecto de Presupuesto para el período 2010 y se preguntó "qué Ingresos y Costos incluirán en el mismo referido a la tasa retributiva" si "el municipio no tiene definidos los costos ni los servicios que se prestan". En esa línea de pensamiento los vecinos plantearon su temor de que el Ejecutivo "utilice el mismo criterio que en el presupuesto 2009, donde se calculó el ingreso en función de lo facturado y los costos". El documento señala que la "posición negativa" de los contribuyentes, que signó los bajos niveles de recaudación del ejercicio fiscal de este año, obedecen al "aumento desproporcionado (de la tasa) sin una mejora palpable del servicio prestado" y a "la situación económica de Bariloche", atravesada por "desocupación y baja en los salarios". En el planteo tributario la Asamblea sostuvo que los servicios retribuidos a considerar para el cálculo tributario son los de alumbrado, barrido y limpieza y que "toda otra prestación que brinde el municipio deberá ser sostenida con otra tasa, impuesto, coparticipación u otros ingreso destinado a tal fin". | ||
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