Martes 01 de Septiembre de 2009 Edicion impresa pag. 30 > Sociedad
Juzgan ineficaz un 0800 para ludopatía

VIEDMA (AV)- La prevención de la ludopatía en Río Negro adolece de una decisión firme de apoyo a quienes se exponen al juego compulsivo en el azar. La alocución contenida en una línea telefónica gratuita sólo atina a realizar un par de sugerencias sobre cómo recibir atención.

Para la Cámara de Comercio, Turismo, Industria y Producción de Viedma, la acción que se lleva adelante desde la Lotería de Río Negro en cumplimiento del "Sistema de Prevención y Tratamiento de la Ludopatía" contemplado en la Ley provincial 4108, satisface escasamente con lo indicado en dicha norma.

El 0800 666 8242 hace referencia a que "algunos signos de adicción reconocidos por la Asociación de Psiquiatría son jugar para escaparse de las obligaciones de la vida diaria, mentir o realizar actividades delictivas para financiar el juego, abandonar las mesas familiares y hacer repetidos esfuerzos para controlar o parar de jugar". Recomienda que si alguien presenta estos síntomas es posible que requiera de apoyo "en un hospital de Río Negro más cercano" y si hay voluntad de avisar a los empleados de Crown Casino, se pueden tomar recaudos.

La entidad mercantil remitió una nota al interventor de la Lotería de Río Negro, Gonzalo Sanz, considerando que la grabación del 0800 "no ofrece teléfonos y/o direcciones hacia donde recurrir.

La institución empresaria estima que dicha metodología "no conduce a solucionar el problema, sino a poner de manifiesto la soledad y orfandad a la que se encuentran expuestas las personas que padecen de afecciones derivadas de la ludopatía".

En consecuencia, considera que la Lotería de Río Negro "debe instrumentar las partidas presupuestarias necesarias para que aquellos hospitales ubicados en las localidades que posean salas de juegos puedan crear gabinetes dedicados en exclusividad a tratar enfermos de ludopatía".

Por otra parte, la Cámara de Comercio estimó necesario que Lotería controle con mayor dedicación si todas las publicidades cumplen con el artículo 8º de la ley 4108.

Dicho enunciado obliga a que la publicidad o promoción de las actividades o juegos de suerte o azar, efectuada por cualquier medio, debe incluir la advertencia "jugar compulsivamente es perjudicial para la salud".

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