Éstos son los principales artículos de la ley de Educación aprobada el 13 de agosto por la Asamblea Nacional (Parlamento) de Venezuela:
* Artículo 5: Establece el concepto del "Estado docente".
* Artículo 11: Prohíbe "la difusión de ideas y doctrinas contrarias a la soberanía nacional y a los principios y valores consagrados en la Constitución de la República".
* Artículo 14: La educación "se fundamenta en la doctrina de nuestro Libertador Simón Bolívar, en la doctrina de Simón Rodríguez, en el humanismo social y está abierta a todas las corrientes del pensamiento".
* Artículo 18: Los consejos comunales (órganos de organización vecinal), los pueblos y comunidades indígenas (...) están en la obligación de contribuir con la formación integral de los ciudadanos, (...) ejerciendo un rol pedagógico liberador para la formación de una nueva ciudadanía con responsabilidad social.
* Artículo 20: "La comunidad educativa es un espacio democrático, de carácter social comunitario, organizado, participativo, cooperativo, protagónico y solidario".
* Artículo 34: La "libertad intelectual" en la educación superior la disfrutarán las universidades a las que el Estado reconozca su principio de autonomía.
* Artículo 47: El año escolar tendrá doscientos días hábiles, veinte más que en la ley anterior.
* Artículo 50: Prevé sanciones de suspensión a los medios que publiquen informaciones "que produzcan terror en los niños, inciten al odio, atenten contra los sanos valores del pueblo venezolano, la salud mental y física de la población".
(AFP)