SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB). - En un juicio oral y público por vejaciones en el que está imputado un suboficial de la Policía rionegrina, el fiscal se opuso a la presencia de la prensa aduciendo que la víctima era menor de edad al momento del hecho y, en una decisión inédita en los debates de los tribunales locales, el presidente de la Cámara Primera del Crimen avaló la postura.
Algunos pormenores del caso sólo se pudieron conocer a través de la oficina de Prensa del Poder Judicial, que informó que al policía Gustavo Pozzi le imputan haber interceptado en Pasaje Gutiérrez y Los Andes a dos adolescentes de 17 años (un varón y una mujer) y, porque no tenían documentos, habría detenido a ambos y golpeado al varón, causándole lesiones. En la acusación refieren también que el menor habría sido golpeado nuevamente en la comisaría.
El imputado se abstuvo de declarar y comenzaba con su relato la víctima del hecho cuando se decidió impedir el ingreso de la prensa al juicio. El debate sigue el 28 de agosto, fecha prevista para escuchar los testimonios de otro policía y de la adolescente que acompañaba a la víctima.
En este caso no hay un menor de edad imputado ni se investiga un abuso sexual, por lo que no parece tener justificación alguna la afectación del principio de publicidad y al derecho del público a estar informado.
El Código Procesal Penal de Río Negro es bastante claro al respecto, aunque ambiguo al otorgarle potestad absoluta al tribunal. El artículo 339 consigna que "el debate será oral y público, bajo pena de nulidad; pero el tribunal podrá resolver, aun de oficio, que total o parcialmente se realice a puertas cerradas, cuando la publicidad afecte la moral, la seguridad pública o el proceso". En esos casos la resolución debe ser fundada, debe constar en el acta y es irrecurrible, pero también debe ser razonable, para que no se afecte gratuitamente un principio jurídico básico como es el de la publicidad de los juicios.