VIEDMA (AV).- Anses adelantó a Río Negro que el convenio que garantiza la jubilación con el 82% móvil para la Justicia debe tener ratificación de la Legislatura.
De esta manera, el organismo nacional relativizó la reciente interpretación del Superior Tribunal de Justicia, que consideró que ese beneficio ya es "operativo" y "de aplicación" en la provincia a partir de leyes nacionales.
Cuando se unifiquen criterios, la AFIP computará una deuda por diferencias de los aportes personales, que ronda los 12 millones de pesos, distribuidos en los 305 posibles adherentes al nuevo régimen.
El padrón de funcionarios y jueces proyecta un promedio de pago de 40 mil pesos por cada magistrado o funcionario, aunque con marcadas diferencias en los casos particulares por los años en el Poder y los haberes percibidos. Obviamente, aquellos jueces con edad jubilatoria serán los que mayor deuda registren, estimándose en ciertos casos cifras superiores a los 150 mil pesos.
Ese débito se acordará en cada situación, cancelándose al contado o con planes de pago.
El STJ advirtió que fuertes retenciones en las futuras jubilaciones pueden originar quitas significativas en esos haberes, que ya se reducen al 82 por ciento de la remuneración en actividad. En la Justicia provincial alertan que una disminución pronunciada del monto a cobrar desalentaría a funcionarios y jueces a incorporarse al régimen 24.018.
En el fallo del STJ, el juez Víctor Sodero Nievas ubicó en la provincia la responsabilidad de los aportes.
Fundamentó "el principio de igualdad de trato" y entendió que de la cláusula 7ma. del convenio de Transferencia surge que "es responsabilidad de la provincia y no de los afiliados" el pago de los aportes personales y también "efectuar las contribuciones patronales obligatorias del personal".
Ayer, el secretario de la Función Pública, Carlos Oliva reiteró el rechazo del Poder Ejecutivo para asumir esas cancelaciones y manifestó que esas obligaciones corresponden a los potenciales beneficiarios de la Justicia.
Hasta el próximo 31 de agosto, la AFIP mantiene una moratoria o régimen especial para pagar deudas previsionales. Por eso, la otra opción del STJ fijada por el fallo es la confección inmediata de las liquidaciones para acceder a ese esquema con planes de pago de hasta 120 meses (10 años), considerando obligaciones de hasta cinco años.
Aún así, las liquidaciones no están y la AFIP no registra deudas porque para Anses aún no es operativa la ley 24.018 para los funcionarios y jueces de Río Negro.
No fue expresado formalmente, pero el organismo previsional ya transmitió a las autoridades provinciales que se necesita la aprobación legislativa del convenio firmado entre la provincia y la Anses.
En esa línea, Oliva expresó que el acta complementaria establece que el convenio debe ratificarse en la Legislatura. Aclaró que ese trámite sería necesario para evitar la judicialización. El funcionario expresó que "el aval legislativo lo está solicitando el Anses", que es el organismo de administración de las jubilaciones.
A enero del año pasado, la liquidación por aportes personales de los incluidos en la Justicia rondaba los 10 millones de pesos. A la actualidad, ese monto ya ronda los 12 millones.