Jueves 13 de Agosto de 2009 Edicion impresa pag. 34 > Policiales y Judiciales
Absuelven a bomberos de la caída de un camarada

VIEDMA (AV).- Dos bomberos fueron absueltos en la causa por el delito de "lesiones graves" que se les había iniciado a raíz de las heridas sufridas por otro servidor público en una práctica. El hecho ocurrió en la tarde del 24 de noviembre de 2005 en el puente carretero Basilio Villarino de Viedma, mientras personal del Grupo Operativo de Rescate del Cuerpo de Bomberos de esta capital realizaba sus ejercicios.

Entre las actividades, practicaban el descenso en rapel utilizando para ello la altura de unos 10 metros que les permitía el puente, bajo las instrucciones de Osvaldo Alejandro Centeno y Ariel Ernesto Gringo, los imputados en la causa. En el momento del descenso de Enrique Ocampo, la soga que utilizaban se cortó, sufriendo éste una caída y graves lesiones.

El juez Correccional de Viedma Juan Bernardi falló a favor de Gringo y Centeno al interpretar que la soga en cuestión "no era adecuada" y que ambos "no tenían conocimiento porque no se lo habían enseñado ni dicho, no participaron de la compra; porque la soga estaba en uso antes que ellos formaran parte del grupo. Entonces (...) consideraron que era apta para ese uso y porque, más allá de las incomodidades para el descenso (...) lo de ese día era una práctica. No debían salvar a nadie dentro de un edificio, como fue el ejemplo que se dio para desmerecerla por su elasticidad sino una práctica -paradójicamente- para que la víctima perdiera el miedo a una caída".

Todos -juez y partes- coincidieron en que los materiales utilizados por el grupo operativo no eran provistos por la Policía, de quien dependen, sino por lo que lograban sus integrantes y la generosidad ajena.

En los alegatos el querellante Danilo Vega había pedido para los imputados la pena de un año de prisión en suspenso e inhabilitación especial para instruir o capacitar, por considerarlos responsables de las lesiones.

En tanto el fiscal Marcelo Alvarez también se pronunció por la responsabilidad de Gringo y Centeno, solicitando una multa de 5.000 pesos para ambos por "lesiones graves culposas" al entender que "faltaron al deber objetivo de cuidado y hubo negligencia". La defensora oficial Marta Ghianni había reclamado la absolución de los imputados fundamentando que "cumplieron con lo que sabían".

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