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  Jueves 13 de Agosto de 2009  
  Edicion impresa pag. 20 »  
  La administración de la crueldad  
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El Comité contra la Tortura de la Comisión por la Memoria de la Provincia de Buenos Aires presentó días atrás su informe anual 2009 sobre violaciones a los derechos humanos ocurridas en cárceles, comisarías e institutos de menores provinciales.

Dicho informe está estructurado en tres grandes partes: políticas penitenciarias y situación carcelaria, políticas de niñez y adolescencia y situación en los institutos de menores, y políticas de seguridad y situación de comisarías. Su último capítulo se ocupa de hacer un balance sobre la implementación del Protocolo Facultativo de la Convención Internacional contra la Tortura.

Se trata del cuarto informe sobre violaciones a los derechos humanos en lugares de detención producido por el Comité contra la Tortura, tarea que despliega de acuerdo con lo establecido en el citado Protocolo Facultativo.

En la introducción general del informe 2009 se critican las políticas de seguridad provincial expresando que la gestión del ministro Carlos Stornelli representa un fuerte retroceso tanto en relación con la promoción de una conducción democrática de las instituciones de seguridad como respecto de una eficaz prevención e investigación de los delitos.

Una de las razones de ello, según los términos del informe, radica en que la actual gestión ha retomado la iniciativa de ceder el autogobierno a la propia policía, centralizando una importante suma de poder a su alrededor. Así, se restituyó y fortaleció gradualmente la figura del jefe policial y se reformó el estatuto policial, formalizando el retorno a una estructura centralizada en comisarios.

El informe aborda la problemática de la población carcelaria e indica que en marzo del 2008 ascendía a 21.104 detenidos, cifra que creció a 24.180 para el mismo mes del 2009. En sede de comisarías creció de 2.782 detenidos en diciembre del 2007 a 4.142 en marzo del 2009. En total, en marzo de este año la provincia contaba con 28.322 personas detenidas. Subraya, además, que la población femenina de las unidades carcelarias de la provincia había crecido en el último año: mientras que en el 2007 representaban un número menor al 3%, en el 2008 representaban el 4,1% del total de detenidos. Este crecimiento resulta consecuencia del significativo aumento del porcentaje de mujeres acusadas de tenencia simple de estupefacientes.

En otro de sus capítulos se expresa que la violencia institucional ejercida por las fuerzas de seguridad dentro de los lugares de encierro -cárceles, comisarías e institutos de menores- y en ocasión de intervenciones policiales en la vía pública -averiguación de antecedentes, detenciones, represión de manifestaciones- es denunciada, en algunos casos, ante la Justicia penal.

No obstante ello, según advierte, pocas veces los casos son investigados en profundidad y casi nunca llegan a obtener una sentencia en el sistema judicial provincial. Prueba de ello resulta que la base de datos construida por el Comité contra la Tortura incluye once mil expedientes con denuncias efectuadas contra miembros de fuerzas de seguridad. En el período 2000-2008, el 60% de las causas se registró en trámite, mientras que el 37% se reportó archivado. Sólo el 1% de aquéllas fue elevado a juicio, en tanto que en el 2% restante se dictó la desestimación, el sobreseimiento o la incompetencia.

Esa brecha remite a las dificultades que un ciudadano tiene para acusar y lograr una sanción respecto de los agentes de las fuerzas de seguridad sospechados de cometer delitos, circunstancia que resulta, en sí misma, un llamado de atención para impulsar políticas judiciales orientadas a modificar la situación.

El informe recuerda que la Argentina ha ratificado el Protocolo Facultativo a la Convención Internacional contra la Tortura, que cuenta con jerarquía constitucional. Esta ratificación implica el compromiso del Estado tanto nacional como provincial de crear mecanismos de control de lugares de detención a fin de prevenir la tortura.

Estos mecanismos tienen como finalidad la realización de visitas regulares y periódicas de monitoreo en los lugares de detención, las que deben ser efectuadas por órganos de expertos que cuenten con independencia y autonomía funcional y financiera del Poder Ejecutivo.

Sin embargo, lo cierto es que nuestro país está en mora en lo que a la implementación de estos dispositivos de control se refiere; en lo fundamental, debido a que los diferentes proyectos existentes, uno de los cuales ha sido elaborado por más de veinte organismos de derechos humanos, se encuentran actualmente en trámite en el Congreso nacional.

MARTÍN LOZADA (*)

Especial para "Río Negro"

(*) Juez penal.

Catedrático UNESCO en Derechos Humanos, Paz y Democracia por la Universidad de Utrecht, Países Bajos


MARTÍN LOZADA

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