La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería rechazó una apelación del municipio de Bariloche y ratificó la condena a la comuna y al consorcio Moreno 98 SA de manera solidaria por "daños y perjuicios" a una vecina cuyo hijo sufrió una incapacidad visual del 56% al llevarse por delante, el 22 de marzo de 2003, una protección metálica de un árbol de la vereda.
Los demandados deberán abonar a la damnificada más de cien mil pesos, con las costas, según informó ayer ADN.
El fallo considera la obligación del frentista respecto a accidentes ocurridos en veredas más allá de que la protección del árbol corresponde a la Municipalidad.