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Campos intimó al Enargas | ||
JUNÍN DE LOS ANDES (ASM).- El intendente Rubén Campos envió una carta documento al interventor del Enargas, Antonio Pronsato, para intimarlo a que arbitre medidas en resguardo de los intereses de los consumidores afectados por el aumento del gas, y disponga la inmediata eliminación de las cargas "inconstitucionales". Pronsato, sin embargo, es el mismo funcionario que viene afirmando que la medida no será revisada, como lo consigna este diario en su edición de ayer. Como fuere, Campos envió la carta en su calidad de intendente municipal e invocando las atribuciones conferidos por ley provincial 2.281, para ¨aplicar las medidas que garantizan los derechos de los usuarios y consumidores consagrados en las Constituciones nacional y provincial, en las leyes provinciales y en esta Carta Orgánica¨. Así, bajo la figura de persona afectada en el marco de la ley 24.076, Campos llamó la atención sobre "la omisión en sus deberes en todo lo actuado respecto al decreto 2067/08, contrariando flagrantemente lo estipulado en el artículo dos de la ley de creación de ese ente". Campos se refiere en el escrito a la obligación del Enargas de "proteger adecuadamente los derechos de los consumidores". En tal sentido, añade, "corresponde la aplicación de lo estipulado en el artículo 69 de la misma ley, y que dice que en caso de que los mismos no cumplan con las funciones y obligaciones a su cargo, cualquier persona afectada podrá ejercitar ante el ente o la justicia federal, según corresponda, las acciones legales tendientes a lograr que el ente y/o los miembros de su directorio, cumplan con las obligaciones que les impone la presente ley¨. En consecuencia, Campos intimó al interventor del Enargas a que en plazo de 72 horas proceda a "remover administrativamente todas y cada una de las cargas impuestas al consumo de gas, claramente inconstitucionales y de grave afectación a los residentes del sur, cuyos consumos no se encuentran relacionados con la condición de riqueza, sino con las condiciones climáticas y la pobreza constreñida a la falta de aislamiento edilicio, todo ello bajo apercibimiento de recurrir a la justicia". | ||
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