En Roca desde ayer Camuzzi comenzó a cobrar las facturas por el servicio sin el "cargo tarifario" que imponía el decreto 2067/08, tras las acciones judiciales encaradas desde la defensoría del Pueblo de Río Negro y que derivaron en la suspensión del cobro de ese ítem hasta que la Justicia se expida.
Los empleados de la distribuidora informaron la novedad a todos los clientes que se acercaron a las oficinas. Quedó para otros usuarios la duda sobre qué pasará en el caso de aquellos que abonan el servicio por débito automático, o en otra boca de cobranza. "Seguramente a aquel que le debitaron se les restituirá el importe, pero todavía no sabemos cómo", se comentó brevemente ayer.
El área de Relaciones Institucionales de la empresa se indicó que se trata de un "cobro a cuenta hasta que se conozca la decisión judicial final".
En Roca se hizo la primera presentación contra el nuevo "cargo tarifario" para los consumos más altos, que están identificados con los sectores más pudientes. Este adicional generó aumentos de hasta un 400% en las facturas.
En Neuquén la Justicia también suspendió el cobro de este adicional, pero sólo para los seis usuarios que presentaron un recurso de amparo. La Defensoría del Pueblo de la municipalidad, que promueve estas acciones, comunicaron que ampliaron el horario de atención, hasta las 16, para recibir a los afectados por el incremento.
En Zapala, gran cantidad de vecinos se manifestaron ayer por la tarde en la plaza de los Próceres en repudio a los aumentos. La convocatoria fue unánime en cuanto al reclamo y se escucharon voces que alertaron sobre las graves consecuencias que esta situación podría traer sobre los hogares más humildes.
Desde el municipio se monitorea la situación en forma permanente y ayer el jefe comunal, Edgardo Sapag, salió a anunciar que "no permitiremos ningún corte del servicio en Zapala hasta que no se resuelva este conflicto".
Tres jueces federales con jurisdicción en Río Negro hicieron lugar a una medida cautelar y por esto Camuzzi deberá aceptar el pago de la factura del servicio de gas domiciliario excluyendo de las mismas los cargos derivados del decreto 2067/08, y tampoco podrá efectuar cortes de suministro de gas motivado en la falta de pago de tales rubros. (AR/AN/AZ)