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Regina adhirió a la emergencia sanitaria | ||
A partir de una ordenanza que fue sancionada el jueves por el Concejo Deliberante y promulgada el mismo día por el ejecutivo, el municipio reginense adhirió a la emergencia sanitaria. La adhesión a la emergencia se adoptó con el objetivo de colaborar en las tareas de prevención contra la gripe A, en el marco de una serie de consultas que se realizó desde el municipio con referentes del sector de salud, y acuerdo de comerciantes, dado que en parte las medidas apuntan a restringir la presencia de personas en locales comerciales, mientras que se recomendó no realizar la apertura de locales bailables, gimnasios, y la realización de fiestas, y se solicitó la suspensión de actividades culturales, sociales y recreativas en espacios cerrados por el plazo de una semana. El artículo quinto establece que “durante este mismo período los cafés, bares y restaurantes podrán funcionar retirando de sus locales el 50%(cincuenta por ciento) de las mesas y ventilando el mismo cada una hora. Los supermercados, banco, oficinas públicas y privadas deberán prevenir el ingreso gradual de personas a fin de evitar el peligro de contagio. En caso de efectuarse dichas actividades, los comerciantes o responsables, deberán informar a los ciudadanos, a través de cartelería que deberá ser expuesta en los lugares de ingreso a los mismos, los riesgos que implica la asistencia a esos lugares”. Si bien la norma regula entre otros el funcionamiento de las entidades bancarias, ayer por la mañana, la mayoría de las sucursales que funcionan en Regina, se encontraban con sus instalaciones prácticamente colmadas; sin que se haya tomado alguna medida al respecto. Entre los puntos principales, la ordenanza establece la suspensión de las actividades deportivas, culturales y recreativas que se realizan en los lugares cerrados, con concurrencia masiva de público, que dependen de las Direcciones de Deportes, Cultura y Escuela de Arte, hasta el 27 de este mes. Asimismo se recomendó a entidades intermedias que donde se realizan actividades deportivas, recreativas, culturales y religiosas, que adhieran a la norma; mientras que se suspende por siete días corridos la realización de espectáculos artísticos en lugares cerrados, con concurrencia masiva de público, tales como recitales y representaciones teatrales, la proyección de películas, los cibers, lugares de juegos electrónicos, confiterías bailables, fiestas privadas o populares; por ser sitios tanto o más propicios que las escuelas para la transmisión de la enfermedad. Además de establecer sanciones como la clausura preventiva por 15 días en caso de incumplimiento, la norma establece además que el plazo de vigencia de la emergencia podrá se prorrogado por pedido de Salud Pública. | ||
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