La Cámara primera del Crimen absolvió al ex titular de la oficina de Mandamientos de la III Circunscripción Judicial, Gustavo Llul, quien estaba acusado por el delito de falsedad ideológica e incumplimiento de los deberes de funcionario público en un procedimiento realizado en el puesto Villegas.
Según informó la agencia de noticias ADN en su portal de internet, la absolución también recayó sobre Rubén Gunckel, acusado por partícipe necesario de la falsedad ideológica.
Los jueces Carlos Salaberry, Juan Lagomarsino y Martín Lozada, conformaron el tribunal especial para esta causa en la que se investigaba el accionar de un ex funcionario judicial, que actualmente se encuentra cesanteado del Poder Judicial desde 2005 por diversas causas. Se le imputaba en esta causa que el 12 de abril de 2004 confeccionó un acta de procedimiento de un secuestro de un camión en el paso Villegas de Gendarmería pero nunca se concretó el secuestro de dicho vehículo.
El voto rector del juez Lozada indicó que efectivamente se concretó el procedimiento ordenado por un juez de Chubut, y aseguró que durante el juicio oral y público se probó que el entonces oficial de justicia llegó al lugar junto a su consorte de causa, presentándose ambos ante el personal de la fuerza pública, a quienes anoticiaron de que habrían de llevar adelante una diligencia de secuestro de un camión marca Fiat, dominio SWN 521. El magistrado remarcó que quedó probado que el rodado pasó por el puesto de control, en donde uno y otro de los procesados tomaron contacto con su conductor y le comunicaron la naturaleza de la diligencia, a punto tal de acceder aquel a entregar la cédula verde de esa unidad. El rodado entonces quedó estacionado a un costado de la Ruta 40 y su conductor se dirigió a un teléfono público con el objeto de tomar contacto con un abogado, quien no tardó en constituirse en el lugar.
Para el juez Lozada "el hecho delictivo que se le atribuye no ha sido en realidad tal, motivo por el cual debe ser objeto de absolución" y afirmó que el supuesto incumplimiento de los deberes de funcionario público por "abuso de autoridad" al solicitar la colaboración de efectivos de Gendarmería sin contar con una orden judicial fue sólo en carácter de auxilio habitual.
En tanto el juez Salaberry disintió en el segundo punto y afirmó que Llul "se extralimitó en el uso de sus facultades como oficial de justicia, toda vez que para poder hacer efectivo el secuestro se trasladó fuera de su jurisdicción, y requirió del auxilio de los gendarmes para poder lograr su cometido".