Lunes 15 de Junio de 2009 Edicion impresa pag. 6 > Regionales
La Justicia endurece criterios frente a cortes de ruta
Los fiscales tienen un instructivo para actuar. Deben agotar los medios para producir desalojos.

NEUQUÉN (AN)- Los fiscales deberán agotar todos los medios a su alcance para que se cumpla el desalojo de quienes cortan una ruta o usurpan un inmueble. Si se lo piden al juez y no obtienen respuesta, tendrán que hacérselo saber al Tribunal Superior de Justicia. Y si la policía les contesta que no tiene capacidad operativa, deberán recurrir al jefe de la institución para que provea de todos los elementos necesarios. En todo momento les recordarán a los efectivos que desobedecer una orden judicial es un delito.

La mano dura con las protestas sociales están contenidas en un instructivo elaborado por el jefe de todos los fiscales, Alberto Tribug, que unifica las pautas de acción de los fiscales ante dos hechos cada vez más frecuentes: los piquetes en calles y rutas y las tomas de terrenos.

El texto circula desde hace poco más de un mes y ya generó repercusiones: un juez de Junín de los Andes le recordó a la policía cuáles son sus obligaciones ante los cortes de ruta, como publicó este diario el 21 de mayo pasado.

Una de las cualidades del texto es que para resolver estos conflictos sociales compromete la intervención de distintas instancias vinculadas con lo penal: la fiscalía, los jueces, la policía y hasta al Tribunal Superior.

El manual elaborado por Tribug dice que la fiscalía deberá pedir al juez "la inmediata liberación de los espacios por medio de la fuerza pública".

Si el magistrado estuviera en desacuerdo, el fiscal deberá apelar, porque esa negativa "impide la prosecución de la acción penal bajo responsabilidad del ministerio fiscal".

Por otra parte, contempla que si la policía es la que no cumple con la orden de desalojo "deberá requerirse al juez la inmediata intimación con notificación directa al jefe" de la institución, "bajo apercibimiento de iniciar acción por el delito de desobediencia a una orden judicial".

"Si aun así, luego de cumplida la intimación, la orden siguiera sin cumplirse, se requerirá al juez que ponga en conocimiento del Tribunal Superior de Justicia tales circunstancias, a los efectos de adoptar las acciones que correspondan".

Un argumento habitual de la policía para no intervenir en estos conflictos es su "falta de capacidad operativa".

El instructivo dice que ante ese caso, "deberán solicitar al juez que disponga el cumplimiento inmediato de las medidas directamente a la Jefatura de Policía, para que disponga los medios necesarios a tal fin".

Por otra parte, el manual aclara que si los episodios terminan y la ruta o el inmueble quedan liberados, "los integrantes del ministerio público fiscal deberán continuar impulsando la acción penal" persiguiendo a quienes supuestamente cometieron los delitos.

El reglamento fue puesto en conocimiento de los vocales del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) en la última reunión de acuerdo.

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