Desde su creación en junio de 1946, la Comisión sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer en el Sistema Universal tiene por función preparar recomendaciones e informes al Consejo Económico y Social (Ecosoc) a fin de promover los derechos de las mujeres en los ámbitos político, económico, civil, social y educacional. Para ello se reúne en la sede de Naciones Unidas en Nueva York todos los años a comienzos de marzo. Su principal objetivo es promover la implementación del principio de igualdad de género. Los esfuerzos internacionales realizados en el concierto de las Naciones Unidas para avanzar en las garantías institucionales de la mujer y lograr que el derecho a la no discriminación de sexo sea una "garantía normativa", cuyo origen deviene de la aprobación de la Carta de Naciones Unidas en 1945 y la Declaración Universal de Derechos Humanos en 1948, han sido múltiples.
Ya en 1979 las Naciones Unidas aprobaron la "Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer". Sin duda es el instrumento más importante. Entró en vigor en 1981 y abarca las medidas que han de adoptarse para eliminar la discriminación contra la mujer en diversas esferas, entre ellas la vida política y pública. Garantizar, en igualdad de condiciones con los hombres: el derecho a la educación, el empleo, la salud, el matrimonio y la familia.
Luego se establece el Comité al que los Estados partes informan periódicamente sobre los progresos que han realizado en la aplicación de las disposiciones.
El Comité sugirió en reiteradas oportunidades que los Estados partes consideren la posibilidad de crear instituciones públicas para asegurar la eliminación efectiva de la discriminación contra la mujer y que, en los países donde ya existan, las utilicen plenamente.
En la "Conferencia mundial para el examen y la evaluación de los logros del decenio de las Naciones Unidas para la mujer", celebrada en Nairobi en 1985, también se centraron en los procedimientos para mejorar la condición jurídica, su papel en todas las esferas de las actividades de desarrollo y en la promoción de la paz y la seguridad internacional.
En setiembre de 1995, al reunirse la "Cuarta conferencia mundial sobre la mujer" en Pekín, con la aprobación de la llamada "Plataforma de acción" se requirió a la Comisión integrar en sus programas un seguimiento de la Conferencia con revisiones periódicas de las áreas críticas de preocupación de dicha Plataforma. En su resolución 2.002/23 el Consejo Económico y Social expresó su compromiso de intensificar la "perspectiva de género", es decir "tomar en consideración y prestar atención a las diferencias entre hombres y mujeres en cualquier actividad o ámbito dados de una política", en las actividades de las Naciones Unidas, encaminado a dar a la mujer mayor poder de decisión en los planos social, económico y político.
Este año durante la reunión del 53º período de sesiones de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer que se celebró entre el 2 y el 13 de marzo pasado, si bien fue tratado como tema exclusivo "El reparto equitativo de las responsabilidades entre mujeres y hombres respecto del hogar y la familia, incluidos los cuidados prestados en el contexto del HIV/sida", aun en el análisis de esta verdadera pandemia como es el HIV la falta de igualdad en las relaciones hombre-mujer fue el tema planteado en casi todos los documentos traídos a análisis, poniendo en evidencia el reparto desigual de responsabilidades tanto en el orden doméstico como en el público. Pudo escucharse acerca de las dificultades al momento de la intervención femenina en las áreas de gestión y toma de decisiones.
En Argentina, país con un fuerte compromiso en los derechos humanos y crecimiento legislativo en los temas de género, se promulgó en abril la ley de Protección Integral a las Mujeres bajo el número 24.685. La misma consta de 45 artículos; esencialmente busca erradicar la violencia en sus distintas clases, desde la doméstica hasta la institucional.
Para su implementación transversaliza los tres poderes del Estado, al establecer en el artículo 7º que "los tres poderes del Estado, sean del ámbito nacional o provincial, adoptarán las medidas necesarias y ratificarán en cada una de sus actuaciones el respeto irrestricto del derecho constitucional a la igualdad entre mujeres y varones".
En este contexto, la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 23 de abril, por acordada Nº 13, crea en ese ámbito la Oficina de la Mujer. Quizás es el paso más importante sobre la temática producido en la Justicia argentina.
Dicha acordada impulsa "la incorporación de la perspectiva de género en la planificación institucional y en los procesos internos para lograr la pretendida igualdad tanto para los usuarios del sistema de Justicia como para los empleados, funcionarios y magistrados que desarrollan su labor".
A los fines de llevar a cabo la tarea que permitirá implementar la ley nacional citada, dicha Oficina establecerá relaciones con los demás poderes del Estado y, en lo judicial, pretende "la comunicación con las estructuras que con igual objeto funcionan en las cortes supremas y superiores tribunales de otros países para intercambiar información".
Por ello es deseable que los tribunales superiores del país generen estructuras similares a los fines de lograr una mirada global sobre el tema. En el caso de la provincia de Neuquén, la última reforma constitucional establece en el artículo 45 que: "Garantiza la igualdad entre mujeres y varones y el acceso a las oportunidades y derechos en lo cultural, político, social y familiar. Incorpora la perspectiva de género en el diseño y ejecución de las políticas públicas y estimula la eliminación de prácticas basadas en el prejuicio de la superioridad de cualquiera de los géneros".
Con estos fundamentos se ha presentado al Tribunal Superior de Justicia de la provincia patagónica un proyecto que permita crear la Oficina de la Mujer en el ámbito judicial con los mismos alcances y objetivos que la estructura creada dentro de la Corte Suprema de la Nación, a fin de garantizar cotidianamente las obligaciones de carácter internacional y nacional ratificadas.
HAYDEE SILVIA CONTRAFATTO (*)
Especial para "Río Negro"
(*) Abogada.
Delegada de la Asociación Americana de Juristas ante la Comisión sobre la Condición Jurídica de la Mujer en Naciones Unidas.