Miércoles 10 de Junio de 2009 > Salud
Obra social deberá cubrir los gastos de fertilización de una pareja
La Justicia dispuso la medida cautelar. Consideraron que los integrantes tienen 41 y 49 años de edad y están sobre el límite de la edad aconsejable para procrear.

La Sala Tercera de la Cámara, con las firmas de los jueces Ricardo Recondo, Graciela Medina y Guillermo Antelo, dispuso la medida cautelar que obliga a la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación (DAS) a suministrar la “cobertura total del tratamiento de fertilización asistida mediante la técnica ICSI (inyección intracitoplasmática de un espermatozoide)”.

La pareja no podía concebir porque el hombre padece “oligoastenoteratozoospermia severa”, es decir esperma de baja calidad y con escasas posibilidades de fecundar. El diagnóstico médico “prescribe la necesidad del tratamiento ICSI como exclusivo evitando demorar su inicio más allá de seis meses contados desde el 2 de diciembre de 2008”, explica el fallo, al que tuvo acceso DyN.

Los jueces tuvieron en cuenta que la mujer tiene 41 años de edad y el hombre, 49, por lo que dieron por cumplido el requisito de “peligro en la demora” para conceder la medida cautelar, “pues la prolongación temporal del proceso pone en riesgo la realización del derecho reivindicado”.

No obstante, los jueces obligaron a la pareja a depositar 5.000 pesos a modo de “contracautela”, es decir una garantía de que en caso de que la decisión final en el juicio les sea adversa podrán resarcir los gastos de más de la obra social. Ese monto –aclara el fallo- “equivale a un tercio del costo del primer intento del tratamiento estimado por la propia actora”.  

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