SAN MARTÍN DE LOS ANDES (ASM).- El proyecto de reforma de la legislación que ordena el uso del suelo y las urbanizaciones en la sensible Vega Plana de San Martín de los Andes, fue concluido por la secretaría de Planificación del municipio y girado al despacho de la intendente Luz Sapag para las consideraciones finales, antes de enviarlo al Concejo Deliberante para su tratamiento.
El proyecto fue elaborado por el equipo técnico de la secretaría de Planificación, con el aporte de los consultores externos. Durante el proceso de formulación se realizaron reuniones con instituciones y vecinos, mientras que el Legislativo hará lo propio según su criterio, una vez que reciba el proyecto.
Conviene recordar que la Vega Plana actúa como un pulmón natural de San Martín de los Andes, y sus mallines o humedales operan como reguladores de crecidas.
De allí las prevenciones para el uso del suelo, y las recurrentes polémicas a propósito de la presión del mercado inmobiliario sobre esas tierras.
La información adjunta al proyecto consta además de un "Mapa Hidroambiental de la Vega Plana y Faldeos".
Detalles
La estrategia recomendada por los urbanistas consultores, según estudios de aptitud ambiental y urbanística, implica una antropización acotada y diferencial.
Se apoya en una serie de principios operativos, dice el documento. Se destacan: "evaluación y articulación de los cambios territoriales y expectativas de los diferentes actores; mantenimiento de criterios de prudencia y precaución ambiental, como los tuvo la ordenanza 3012/98 (sujeta a esta reforma); incorporación de nuevos conceptos e instrumentos de gestión ambiental".
Se propone mantener la declaración de la Vega Plana como "ambiente protegido", y la adaptación del planeamiento del área al mayor conocimiento técnico actual sobre las aptitudes diferenciales del suelo, con estrictos criterios de manejo y monitoreo hidroambiental.
También se apunta a dar "prioridad al interés general hacia lo público, sin perder la perspectiva sobre el interés privado con base en la sustentabilidad de la regulación urbanística, considerando la dimensión económica de productos inmobiliarios viables y con razonable inserción en el mercado".
La proyectada ordenanza reclasifica e identifica el suelo según sus diferentes aptitudes.
Así, clasifican como "suelos urbanizables" aquellos de alta y media aptitud, e incorpora las figuras de área de implantación y área de conservación.
La de implantación admitirá diversas transformaciones regladas del terreno como las edificaciones, los estacionamientos, los caminos, otras áreas pavimentadas, la jardinería, y las derivadas de diferentes instalaciones deportivas.