| El acuerdo fue suscrito en 2003 entre el bloque sudamericano y la India, y recién 6 años más tarde se hará efectivo. Los países participantes del acuerdo demoraron mucho tiempo en incorporarlo a sus respectivas legislaciones nacionales. En cuanto a los beneficios que obtendría la Argentina, podemos ver que en los casos en que la India concede alta preferencia (100%) los productos ya ingresan sin arancel, por lo que la ventaja sería nula en tales casos. En el caso del arancel más relevante (45% para el aceite de soja) la preferencia concedida por la India es la más baja, apenas del 10%. La relevancia comercial real del acuerdo que entrará en vigencia el lunes 1º de Junio es muy limitada, en ambos sentidos. Las preferencias son significativas en aquellos casos en los que el arancel es nulo, por lo que no hay efecto alguno. Y en los pocos casos de productos incluidos en el acuerdo con arancel significativo, la preferencia es muy baja, por lo que el efecto nuevamente es muy bajo. Fuente: abceb.com Leer informe y análisis completo | |