La Corte Suprema de Justicia dispuso ayer que el ex mecánico Carlos Telleldín sea juzgado otra vez por el atentado a la AMIA y ordenó reanudar la pesquisa sobre "la conexión local", al anular un fallo que lo absolvió y declarar válida parte de la causa original.
El atentado del 18 de julio de 1994 en la sede de la AMIA en Pasteur 633 causó 85 muertos y centenares de heridos.
El fallo del máximo tribunal fue firmado por Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Carlos Fayt, con la disidencia de Carmen Argibay y Enrique Petracchi, quienes votaron por confirmar lo resuelto en Casación.
En su decisión, el máximo tribunal del país dejó firme por otra parte la absolución de ex policías bonaerenses por ese ataque, aunque podrían volver a ser jugados por delitos comunes.
"La extrema gravedad de los hechos así como su repercusión y desgraciadas consecuencias, imponen el mayor de los esfuerzos en la recolección de evidencias en pos de arribar a la verdad material", consideró la Corte en el fallo de un centenar de carillas.
Los ministros ordenaron que la causa vuelva a la Cámara de Casación penal, para que se dicte un nuevo fallo de acuerdo a lo dispuesto sobre la persona de Telleldín.
"Hay una suerte de orfandad argumental en cuanto a la situación del imputado Telleldín, cuyo tratamiento se diferencia de modo evidente respecto de otros tramos de la sentencia acabadamente fundados", explicó el máximo tribunal.
En la sentencia dictada por la sala II de Casación y ahora anulada en lo referido a Telleldín "no se explica cómo la parcialidad del juez respecto de los ex policías afectó la situación procesal" del ex detenido.
"Descartaron pruebas"
El tribunal entendió que tanto en el juicio oral como en Casación se "descartaron con ligereza parte de las pruebas acumuladas en el legajo, sin que a su respecto se hubiera comprobado violación de garantía constitucional alguna".
"Máxime si se tiene en cuenta la magnitud del delito investigado en la que ha sido llamada la causa más compleja de la historia judicial del país con 85 muertos y 120 lesionados", agregó.
"Se requiere ser muy cauto y no incurrir en el facilismo de extender los efectos de actos claramente faltos de neutralidad a otros en los que no se evaluó tal condición", sostuvo el fallo al declarar "legítimo" lo hecho durante el inicio de la pesquisa.
En concreto, la Corte dispuso que todo lo investigado hasta el 31 de octubre de 1995 en la causa madre a cargo entonces del ahora destituido ex juez Juan José Galeano es válido y debe ser profundizado.
Ese día, Galeano abrió un legajo en la pesquisa al que llamó "Brigadas" y donde se involucró a policías bonaerenses como Juan José Ribelli en el ataque, a partir de una declaración indagatoria de Telleldín por la que se pagaron 400 mil dólares de manera ilegal.
Al absolver a los acusados de integrar la supuesta "conexión local", el Tribunal Oral Federal 3 anuló incluso lo hecho antes de ese día, por entender que todo estaba afectado por este acto ilegal y por la falta de imparcialidad del juez cuestionado.
Esta decisión fue confirmada por la sala II de la Cámara Nacional de Casación, máximo tribunal penal del país.
Esto es lo que la Corte revocó ayer por considerar que "si bien se señalaron con precisión los hechos que pudieron provocar duda en cuanto a la imparcialidad del magistrado en la instrucción de la causa Brigadas -y por ello nada cabe discutir a su respecto-, no se citan hechos concretos para anular lo investigado con anterioridad".
De esta forma, no quedó firme la absolución del ahora abogado Telleldín y deberá volver a definirse su situación procesal, así como ampliarse la pesquisa sobre otras pruebas generadas en torno a su persona durante poco más de un año desde el 18 de julio de 1994, fecha del ataque terrorista.
Se trata de líneas de investigación vinculadas con el entorno de Telleldín y al recorrido que siguió la camioneta usada como cochebomba en el atentado.
CLAVES
Telleldín. El mecánico, vendedor de autos robados e informante de la policía, había sido acusado de preparar la camioneta-bomba usada en el atentado. Junto a 21 ex policías, Telleldín fue absuelto en un juicio oral en 2004 por un tribunal que anuló la instrucción.
Galeano. El tribunal denunció graves irregularidades cometidas por el ex juez Galeano, a cargo de la causa por 10 años y luego apartado. La sentencia anulatoria fue luego ratificada por la Cámara de Casación Penal, por lo que la fiscalía recurrió a la Corte Suprema, en un recorrido judicial que culminó ayer.
Lo que se investigará. El máximo tribunal dejó en pie los primeros tramos de la investigación, que incluye la pesquisa sobre Telleldín y su indagatoria, y confirmó la nulidad de lo actuado con posterioridad al 31 de octubre de 1995. Esa corresponde al momento en que Galeano extorsionó a Telleldín y le pagó 400.000 dólares para que involucrara a policías de la provincia de Buenos Aires, en la causa conocida como "conexión local".
Irán. Más allá del nuevo fallo de la Corte, el juez federal Rodolfo Canicoba Corral sigue adelante con la investigación y han pedido la captura internacional de ex autoridades de Irán, a quienes se acusa de haber organizado el atentado. Pidió además que se ordenara la captura internacional del colombiano Samuel Salman El Reda, a quien acusó de ser "el máximo responsable de la conexión local".
(Télam y DyN)