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  Miércoles 27 de Mayo de 2009  
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  Corte Suprema ordena reabrir la causa por el atentado a la AMIA  
En un fallo dividido el máximo tribunal hizo lugar a las apelaciones de la fiscalía y de los familiares de las víctimas. Queda sin efecto la nulidad de los primeros tramos de la causa, vinculados a la actuación del ex juez Juan José Galeano.
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La Corte Suprema de Justicia reabrió hoy la investigación por la voladura de la mutual judía AMIA, y dejó sin efecto la nulidad que pesaba sobre los primeros tramos de la causa, hasta que se produjo el pago ilegal del ex juez Juan José Galeano al entonces principal imputado por la "conexión local", Carlos Telleldín.

Mediante un fallo dividido, de 90 páginas, el máximo tribunal hizo lugar a las apelaciones de la fiscalía y de los grupos de familiares de víctimas del atentado contra el fallo del Tribunal Oral Federal número tres y de la Cámara Nacional de Casación Penal, que había anulado toda la investigación por el ataque terrorista.

Aquel fallo se basó sobre el pago ilegal a Telleldín por 400 mil dólares, que terminó por derribar toda la investigación en las dos instancias anteriores. La Corte consideró que "no se puede confirmar la nulidad de toda la pesquisa que se llevó a cabo en el expediente, sino sólo aquel tramo de la investigación que estuvo viciado de parcialidad en la actuación del ex magistrado" de primera instancia, destituido como juez precisamente por la investigación del atentado contra la AMIA.

"La frustración de todo el proceso no puede ser la respuesta de la justicia al reclamo de las victimas", sostuvo la Corte. El fallo mayoritario fue suscripto por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, en tanto que votaron en disidencia Carmen Argibay y Enrique Petracchi, quienes se inclinaron por confirmar la nulidad.

El fallo deja en pie "los primeros tramos de la investigación -que incluye la pesquisa sobre Carlos Telleldín y su declaración indagatoria- y confirmó la nulidad de lo actuado con posterioridad al 31 de octubre de 1995", explicó la Corte.

En esa fecha, Galeano decidió la apertura de la denominada "causa Brigadas” y ordenó investigar a policías bonaerenses por extorsión en perjuicio de Telleldín, pero esa etapa de la investigación también fue anulada por el tribunal oral que a lo largo de tres años realizó el juicio por la conexión local del atentado.

Para la Corte, "el tribunal oral no explicó el motivo por el que tomó la decisión de declarar nulo todo lo actuado". "Los jueces sustituyeron las razones por afirmaciones dogmáticas y se consideraron dispensados de fundar razonadamente su decisión", reprobaron los ministros del máximo tribunal.

En los hechos, el fallo de la Corte retrotrae la situación de la causa a los primeros tramos de la investigación (más de un año) "cuando el juez de instrucción (Galeano) actuó sin vicios de parcialidad". El fallo exhorta a las instancias judiciales inferiores a realizar "el mayor de los esfuerzos en la recolección de evidencias en pos de arribar a la verdad material".

DyN


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