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  Lunes 25 de Mayo de 2009  
  Edicion impresa pag. 19 » Policiales y Judiciales  
  Nueva acusación por robo al banco de El Maitén Los fundamentos de la revocatoria  
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  Por el recordado robo con toma de rehenes ya hay cuatro condenados cumpliendo penas de entre 9 y 14 años.
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  Por el recordado robo con toma de rehenes ya hay cuatro condenados cumpliendo penas de entre 9 y 14 años.
 

RAWSON (Especial).- El Superior Tribunal de Justicia de la vecina provincia de Chubut revocó el sobreseimiento que había favorecido a uno de los presuntos partícipes del recordado robo a la sucursal del banco del Chubut en El Maitén. La investigación del asalto, concretado hace ya cuatro años, abre ahora un nuevo capítulo, ya que el imputado deberá ser sometido a un nuevo juicio.

Se trata de Rubén Cámara, quien vive en El Bolsón y fue liberado por la Cámara en lo Criminal de Esquel al no aceptar que fuera acusado de dos delitos distintos, pese a la contundente oposición que presentó por entonces la fiscalía.

El 4 de junio de 2007, el acusado fue sobreseído de las imputaciones que lo señalaban como coautor del delito y como integrante de una asociación ilícita en el marco del sonado atraco.

No obstante, según la versión de los fiscales, el mismo sujeto fue pieza clave del asalto con rehenes en El Maitén, el 22 y 23 de mayo de 2005.

Rubén Cámara, junto a los demás integrantes de la banda, habría irrumpido en la casa de Ricardo Saugar, entonces gerente de la sucursal. Allí fue reducida violentamente a toda la familia y obligaron a Saugar y al tesorero de la entidad bancaria, Miguel Reyes, a entregarles 356.300 pesos y 13.100 dólares. Luego se fugaron.

Durante el proceso tramitado en Esquel contra el grupo de imputados, los fiscales Martín Zacchino y Fernando Rivarola acusaron a Cámara de ser coautor del hecho, pero al ir la causa a juicio el tribunal consideró que no había pruebas para esa calificación y anuló parcialmente la elevación.

En aquella instancia tampoco se admitió que se le hiciera una imputación alternativa, es decir, que el sujeto fuera acusado de presunto encubrimiento, Esa sospecha se basaba en que, en su domicilio de El Bolsón, se secuestraron guantes, armas de fuego, un pasamontañas, una máscara y el arma de fuego de una de las víctimas.

Con todo, los funcionarios judiciales insistieron en que aunque no fuese como coautor, había pruebas contra Cámara logradas en el mismo proceso para acusarlo como presunto partícipe secundario.

"Esta mutación (de coautor a partícipe secundario) no afectaba el principio de congruencia y se hallaba plenamente habilitado el tribunal para dictar la condena que se peticionó", argumentaron Zacchino y Rivarola.

Según ellos, las decisiones del tribunal "son fruto de la inobservancia de las normas del código, ya que el hecho no se modificó sino que se cambió (el grado de) la participación" que se atribuye al sospechoso.

Por el mismo hecho, ya están cumpliendo condenas Juan Antonio Bonnefoi (16 años de prisión); Roberto Soto (10); Jorge Luis Campos (9) y César Ampuero (14). Éste fue el último en ser juzgado por haber estado prófugo.

Ahora, la revocatoria del Superior Tribunal de Chubut manda nuevamente al banquillo a Rubén Cámara. Según el juez Jorge Pfleger, "la Cámara no decidió acorde a derecho cuando cercenó la capacidad del Ministerio Público para presentar acusación alternativa".

Justificó su voto en que el tribunal "actuó arbitrariamente al obliterar el derecho del Ministerio Público de plantear dos hipótesis en el debate, desconsiderando inclusive que la situación no era desconocida para la defensa, que se había opuesto a la elevación a juicio. No percibió, tal vez por exceso de celo, que, en el inicio del debate habría oportunidad de intimar a los causantes del hecho diverso". A su turno, el juez Alejandro Panizzi valoró que la Cámara de Esquel "no actuó correctamente cuando le quitó a los acusadores públicos la posibilidad de ejercer una acusación alternativa".

En consecuencia, "la anulación parcial del requerimiento de elevación a juicio no tuvo un fundamento legal apropiado (...) Al revocar parcialmente la acusación fue el propio tribunal el que seleccionó la imputación contra Cámara, asumiendo una potestad propia del Ministerio Público Fiscal, limitando así las funciones acusatorias de éste", dijo.


 
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