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Antecedente en el Alto Valle | ||
En abril de 2008, el juez Penal de Roca Pablo Iribarren autorizó que se realizara un aborto a una niña de 15 años que había sido violada por su padre. Al dictar el fallo, la niña tenía un embarazo de casi tres meses, y el juez dispuso que el aborto se practicara en un hospital público. Para resolver, tuvo en cuenta la opinión de los técnicos de Promoción Familiar, que afirmaron que de no autorizar el aborto, la nena "atentaría contra su vida o mataría a su padre. Se percibe que no existe proyecto de vida (...) que pueda llevarse adelante si sigue reviviendo su historia de abuso, abandono y maltrato". Ayer, la legisladora de la Concertación, Marta Milesi, se manifestó conforme con el nuevo fallo dictado en Viedma por la Cámara Penal. Luego de ponderar la resolución, dijo que "igualmente esto está escrito hace más de 80 años en el Código Penal, donde se explica cuales son los abortos no punibles, es decir los abortos que el Código Penal no pena, entre los cuales se encuentra cuando corre riesgo la vida de la mujer o bien en el caso de una violación". La agencia ADN dijo que la legisladora recordó que existe un protocolo del ex ministro de Salud de la Nación, Ginés García para los hospitales públicos que fue aprobado en el Consejo Federal de Salud del que participa Río Negro. | ||
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