Los constitucionalistas Félix Loñ, Daniel Sabsay y Fernando Barrancos y Vedia cuestionaron hoy las justificación del oficialismo a la candidatura a diputado del ex presidente Néstor Kirchner, al sostener que "no cumple los dos años de residencia en Buenos Aires" y, de cumplirlos, sería "en un territorio federal, como lo es la Quinta de Olivos, y no en la Provincia", como exige la Constitución.
Esta mañana, el ministro de Justicia, Aníbal Fernández, sostuvo que, sobre el cuestionamiento a Kirchner por su cambio de domicilio de último momento, la Constitución indica que los "diputados" y "no los candidatos" deben acreditar dos años de radicación en el domicilio declarado, y que ello ocurrirá el 10 de diciembre próximo.
Sin embargo, Barrancos y Vedia, que tildó de "atentado al sistema representativo de gobierno" las candidaturas testimoniales, remarcó a la agencia de noticias DyN que la residencia de Olivos "no es territorio de la Provincia", sino "territorio federal".
El constitucionalista, miembro de las academias nacionales de Ciencias Morales y Políticas y de Derecho y Ciencias Sociales, dijo que Kirchner "no puede ser candidato por más que acredite haber vivido en Olivos, porque es territorio federal desde hace más de 80 años.
No puede justificar su residencia en la Provincia alegando que estuvo en Olivos, eso, sin entrar a considerar que recién en diciembre de 2009" cumpliría los dos años de residencia. Aunque los acreditara, eso no remeda que no vivió en territorio de la provincia", resumió.
A su turno, Loñ repudió "completamente" las candidaturas testimoniales por ser "listas falsas que violan el compromiso entre el postulante y el elector", y dijo sobre Kirchner que "en marzo de 2008 constituyó una sociedad comercial en Santa Cruz con domicilio en esa provincia. Entonces, hay una evidente contradicción" con su presunto domicilio en la provincia desde diciembre de 2007.
Loñ también se refirió al caso del gobernador Daniel Scioli, segundo en la lista de candidatos a diputados por el Frente para la Victoria en Buenos Aires, al recordar que el artículo 73 de la Constitución impide a los gobernadores "ser miembros del Congreso por la (provincia) de su mando".
"El congresal (Juan Francisco) Seguí, en 1853, fue claro al comentar el artículo, que se redactó para proteger la libertad del voto y evitar que los gobernadores violentasen al pueblo aprovechando el ejercicio del cargo", explicó a esta agencia.
La "incompatibilidad" entre la postulación de Scioli y el cargo que ejerce "ya ocurre", porque "ya comenzó la campaña", y "no se subsana por más que renuncie al cargo (actual) el 9 de diciembre. Es una cuestión, además, de igualdad ante la ley, por las prebendas y el clientelismo político" de que puede echar mano el gobernador hoy, como candidato, completó Loñ.
Por último, Sabsay calificó en declaraciones a DyN como "trampa sumamente capciosa y negativa para las instituciones" las candidaturas testimoniales, y expresó su "acuerdo" con el argumento de Barrancos y Vedia relativo a que la residencia de Olivos no es territorio provincial, sino "federal".
Sobre Scioli, también recurrió a la explicación del congresal Seguí para justificar la redacción del artículo 73 de la Constitución. Dijo al respecto que se lo estableció para respetar "el principio de igualdad entre las fuerzas" y porque, según sostuvo Seguí en 1853, "el cargo de gobernador era de una exigencia tal que no permitía distraerse" en candidaturas paralelas.
Ya sobre las candidaturas testimoniales en general, Sabsay expresó que no están previstas en la ley porque "al legislador nunca se le ocurrió que una trampa así podía ponerse en práctica. Son un fantasma jurídico que flota sobre las instituciones y que, además, viola el Pacto de San José de Costa Rica, que pide postulaciones 'auténticas'".
DyN.-