Domingo 03 de Mayo de 2009 Edicion impresa pag. 10 > Regionales
Multan al hotel Llao Llao por publicidad engañosa

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- La Dirección de Comercio Interior le aplicó al hotel Llao Llao una multa de 10 mil pesos por realizar una promoción que no incluía toda la información exigida por ley.

Según explicó a este diario una asesora del organismo nacional, se trata de una infracción muy común entre las empresas de turismo, que publicitan sus servicios sin indicar sus alcances temporales y tampoco los cupos disponibles.

La sanción fue aplicada a Llao Llao Resorts SA mediante la disposición 128/2009, que lleva la firma del funcionario a cargo de la dirección, Fernando Carro, y obligó también a la empresa a publicarla en la prensa regional. La ley 24240 de Defensa del Consumidor establece en su artículo 7° que "la oferta dirigida a consumidores potenciales indeterminados obliga a quien la emite durante el tiempo en que se realice, debiendo contener la fecha precisa de comienzo y finalización, así como también sus modalidades, condiciones o limitaciones".

A su vez, el decreto reglamentario 1.798/94 indica que "la oferta realizada fuera del lugar de comercialización deberá contener siempre el plazo de su vigencia" y agrega que "cuando el proveedor limite cuantitativamente su oferta de productos y servicios, deberá informar la cantidad con que cuenta para cubrirla".

La abogada de Comercio Interior Marta Mozzo aseguró que la infracción a la normativa que regula la publicidad "es una figura que lamentablemente se repite mucho".

Explicó que las empresas por lo general no especifican si una oferta tiene cupos limitados o un plazo acotado en el tiempo y "genera una expectativa en el consumidor potencial, que lo lleva a consultar o precontratar" por un servicio que después no recibe.

Mozzo aclaró que la publicidad que excluye esa información indispensable "no necesariamente implica una conducta dolosa, pero sí existe al menos una actitud lesiva". La dirección de Comercio Interior no vigila el cumplimiento de esta cláusula sólo a partir de denuncias, sino que también realiza por cuenta propia relevamientos constantes de publicidad" a fin de detectar infracciones. Según indicó la abogada, para establecer el monto de la multa evalúan el daño causado, "aunque en este caso sea potencial", así como los "antecedentes vivos" de la firma, y también su "giro comercial".

En el caso de Llao Llao no fue una sanción grave, dado que la escala prevista permite fijar multas de hasta 5 millones de pesos.

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