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  Jueves 30 de Abril de 2009  
  Edicion impresa pag. 29 » Sociedad  
  El STJ frenó la obra del barrio privado El Redil  
El municipio de Bariloche hará una evaluación ambiental
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  El máximo tribunal rionegrino hizo lugar al amparo presentado por ambientalistas por el proyecto inmobiliario.
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  El máximo tribunal rionegrino hizo lugar al amparo presentado por ambientalistas por el proyecto inmobiliario.
 

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar al recurso de apelación presentado por ambientalistas de esta ciudad, paralizó parcialmente las obras del club de campo El Redil y le ordenó al municipio completar la evaluación ambiental del emprendimiento para "respuesta suficiente a los cuestionamientos de los amparistas".

La medida dejó en firme el primer amparo ambiental promovido en Bariloche -en diciembre de 2006- que fue rechazado por la Cámara Civil de Apelaciones en junio pasado bajo el argumento de que "no se observaron irregularidades administrativas y/o daños para el medio ambientes en el desarrollo del emprendimiento".

El polémico club de campo, ubicado a orillas del lago Moreno, unos 13 kilómetros al oeste del casco urbano, generó duras confrontaciones públicas entre noviembre de 2006 y febrero de 2007. Los vecinos y las ongs se oponían a la construcción del barrio privado porque corta la conexión vial en ese sector y avanza sobre un morro boscoso y un mallín, dos sistemas frágiles que sufrirían serias consecuencias ambientales.

El 8 de mayo de 2007 los jueces Edgardo Camperi y Luis María Escardó realizaron una minuciosa inspección ocular del terreno y desestimaron la paralización de los trabajos solicitada por los dirigentes de los barrios Dos de Agosto y Parque Lago Moreno que impulsaron el amparo. Pero el rechazo de la medida cautelar fue confirmado un año después y apelado en término por Mariana Domínguez y Juan Paternó.

La sentencia del STJ ordenó al municipio que "complete en un plazo máximo de 90 días, el estudio de impacto ambiental referido al emprendimiento El Redil, dando respuesta suficiente a los cuestionamientos formulados por los amparistas y lo dictaminado por el perito biólogo forense y a la demás normativa nacional provincial o municipal que resulta aplicable".

Los jueces Víctor Sodero Nievas, Alberto Balladini, y Roberto Maturana dispusieron, además, que se paralice los trabajos dentro de la urbanización mientras se completan los requerimientos administrativos y ambientales.

La secretaria de Planeamiento, Fabiela Orlandi, informó ayer a "Río Negro" que el gobierno comunal no fue notificado oficialmente pero que tuvo acceso al fallo y aclaró que la obligación impuesta al municipio es "que complete el proceso (administrativo) y garantice que se complete la evaluación ambiental de ese proceso".

La funcionaria explicó que la realización de los estudios corresponde a los responsables de emprendimiento El Redil y que la suspensión de obras quedará en manos de Economía y Obras Públicas.

Tras un minucioso análisis de los antecedentes judiciales y de los informes solicitados, el STJ consideró que "el procedimiento seguido es contrario a derecho y debe ser reencausado para que los principios del derecho ambiental y del derecho urbanístico y las normas de la constitución nacional, provincial y municipal no queden sujetas a resoluciones municipales cuando está en juego el patrimonio de toda la comunidad".


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