La ley 695 fija los parámetros para el envío de aportes a escuelas privadas. Establece dos rubros: las escuelas de gestión privada que cobran cuota y las que no lo hacen. Para el primero de los casos, dice que para recibir el subsidio deben ser clasificadas en categorías, teniendo en cuenta el valor de los aranceles. Y que en base a esto se reglamentará los fondos que reciban. Para el segundo caso, la norma establece que tienen derecho a recibir el 100% de los sueldos del personal y que otro parámetro para darles el apoyo estará dado por las necesidades socioeconómicas a las que den respuesta.
Los padres que envían a sus hijos a escuelas pagas recibieron notificaciones de aumentos en las cuotas de hasta un 20% en el último trimestre. (AN)
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27/04/2009, 06:27:38
Leonardo
El gobierno debe regular las cooperadoras también. Hay escuelas qu reciben el 80 ó 100% de aporte y cobran una cuota de coop. de $ 400 ó $ 500 "voluntaria" pero si no se paga les envían notas a los padres o escrachan a los pibes en las escuelas. Si reciben aportes no pueden cobrar una cuota mayor al 10% de un salario docente de un trabajador que recién se inicia (algo de $ 28) y en forma voluntaria. Si no, que renuncien al aporte del estado y sean PRIVADAS competamente. Los docentes que trabajan en esas escuelas no pueden ser "dados de baja por no reunir perfil" cuando adhieren a medidas de fuerza.