La resolución de la Junta Electoral del PJ afirma que no hay irregularidades en la candidatura de Oscar Albrieu y sostiene que el sector encabezado por Rodolfo Ponce de León apeló a normas equivocadas para plantear la impugnación.
En primero lugar, destacaron que el abogado roquense sostuvo que no existía decreto de aceptación de la renuncia de Albrieu al cargo de juez, cuando el 7 de abril la presidenta firmó el Decreto 251/09.
Y con respecto a los ocho días necesarios para que sea obligatorio dijeron: "En lo que respecta a la aplicación del Art. 2 del Código Civil, en relación a la eficacia del Decreto aludido, esta Junta Electoral entiende que el mismo no resulta de aplicación a la materia, en razón de tratarse de un acto jurídico de alcance particular. En este sentido es dable advertir que el ordenamiento electoral presenta singulares características -que hacen a la dinámica de los procesos comiciales- entendiendo que el tratamiento de los asuntos de derecho público electoral no es siempre asimilable al que rige los de derecho privado -tal como erróneamente lo entiende el impugnante".