SAN CARLOS DE BARILO-CHE (AB).- Una mujer de 78 años con domicilio en El Bolsón fue internada en el Hogar de Ancianos de aquella localidad al establecerse que dormía en el suelo sobre unos cartones, mientras su hijo, quien estaba habilitado para cobrar su pensión, vivía en un ambiente confortable dentro de la misma vivienda.
La titular de juzgado de Familia 7, María Marcela Pájaro, dispuso la internación de una mujer que padece una incapacidad mental y está imposibilitada para valerse sola, debido al grave estado de abandono y falta de cuidados por parte de su hijo, Rolando Ruiz, que estaba a cargo de su madre y cobrara la pensión en su nombre.
La situación de la mujer fue informada por el Servicio Social del Hospital de El Bolsón, que realizó intervenciones y seguimientos sin obtener modificaciones por parte de la conducta de Ruiz, que por el contrario se fue agravando. De acuerdo a lo informado por las Asistentes Sociales, al visitar el domicilio donde vivía la mujer con su hijo comprobaron que estaba en total estado de abandono y presentaba un estado de desnutrición y suciedad extrema. Constataron, además, que en la habitación que ocupaba el hijo había equipos de computadora, televisión y otros artefactos de confort, mientras que la anciana dormía, en otra habitación, sobre unos cartones dispuestos en el suelo.
Además de la internación de la discapacitada la magistrada dispuso el cese del cobro de la pensión por parte de Ruiz, y requirió para él las sanciones previstas en la ley 3040 de Violencia Familiar, expresamente para conductas de maltrato hacia ancianos y discapacitados.
La Ley 3040 prevé que "toda persona que sufriere daño psíquico o físico, maltrato o abuso por parte de algún integrante del grupo familiar conviviente podrá denunciar los hechos ante el juez en lo Civil o juez de Paz más cercano a su lugar de residencia", y considera como grupo familiar conviviente a quienes tengan lazos de parentesco por consanguinidad o afinidad, o cohabiten bajo el mismo techo, sea en forma permanente o temporaria. Cuando las víctimas estuvieren impedidas de hacer la denuncia o fueran incapaces, ancianos o discapacitados, como en este caso, los hechos deberán ser denunciados por los servicios asistenciales, sociales, educativos, públicos o privados, profesionales de la salud y todo agente público en razón de su labor. El hecho es el segundo denunciado durante este mes. En el caso anterior el hijo de una discapacitada la abandonó en los pasillos de Tribunales, después de obtener la autorización para cobrar su pensión y hacer efectivo el cobro