VIEDMA (AV)- La niña VC reniega de su gemela AC porque no puede compartir juegos. VC desconoce los motivos por el que su hermana sufrió una parálisis cerebral de nacimiento, y que AC no tenga la asistencia correspondiente. Sus padres pugnan desde 2004 por los derechos de discapacidad. La Corte Nacional tomó nota del tema y exigió al Poder Judicial de Río Negro que anule fallos anteriores que impiden seguir manteniendo en el tiempo una cobertura integral.
Las niñas compartieron el vientre seis años atrás. Un infección intrahospitalaria provocó que AC no pueda hacer nada por su cuenta. Vive en riesgo permanente. Sus padres, preocupados las 24 horas del día, no saben si se pesca una neumonía podrá salir a flote o si le pasa algo con sus 13 kilogramos de peso. Requiere de tratamientos domiciliarios de una kinesióloga que la mantiene en pie, de servicios de fonoaudiología o una psicopedagoga.
Luego del accidente sanatorial registrado el 17 de marzo de 2003 -con pleito en el medio por esa situación puntual- , la familia inició los primeros trámites para asegurarse las prestaciones. Si bien la obra social Caja Forense está dando un ciento por ciento de los servicios, la inquietud pasa por si un fallo final (casi cinco años de discusión) adverso termina no reconociendo el derecho a la discapacidad. El temor es que en una futura sentencia, se le reclame pecuniariamente a la familia, parte de lo que se le está brindando en prestaciones.
El largo y penoso camino judicial se inició en 2004 con la presentación de un recurso de amparo. La primera instancia del juez civil Fermín Donate reconoció un servicio médico parcial.
Posteriormente, sus padres siguieron la vía de alzada protestando ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ) que rechazó la demanda otorgándole las posibilidades de que inicien un juicio civil por tratarse de una cuestión netamente económica.
La disconformidad fue tal que se decidió presentar ante la Corte Suprema un recurso extraordinario, entendiendo que se violaban las garantías constitucionales en la cuestión de discapacidad.
El expediente fue recibido el 6 de junio de 2006 por la defensora oficial del máximo órgano judicial, Stella Maris Martínez, en el marco de la causa caratulada "recurso de hecho deducido por MMS y por su hija AC en los autos MMS s/amparo s/apelación".
El dictamen de la funcionaria judicial nacional da cuenta que la actora promovió la garantía constitucional del amparo con el objeto de lograr la tutela judicial eficaz del derecho a la salud de su hija.
Entendió que el STJ no tuvo en cuenta el derecho a la salud como situación principal al "desvirtuar la cuestión, (provocar que relativizó) el proceso con las distintas medidas que ordena y, con su activismo judicial excesivo, conduce el tema (solamente) a una discrepancia financiera". Impulsó, que "a fin de salvaguardar la integridad psicofísica de AC, declare procedente el recurso extraordinario interpuesto". El 17 de marzo de 2009, una mayoría de jueces del máximo tribunal integrada por Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni; aceptó parcialmente la queja y el recurso dejando sin efecto la sentencia del STJ -sobre prestaciones parciales- y "se dicte un nuevo fallo".