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Juzgarán a una abogada y su pareja por presunta defraudación | ||
Los acusan de haber perjudicado a una mujer analfabeta. | ||
SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- La Cámara Segunda del Crimen comenzará a juzgar por el delito de "circunvención de incapaces" a una abogada y a su concubino, a quienes le atribuyen haberle hecho firmar a una mujer analfabeta y con retraso mental moderado un pagaré por 9.500 dólares y haber iniciado la ejecución del documento ante un juzgado de esta ciudad. La fiscal Mirta Siedlecki le adjudica a la abogada Aurora Ester Grasso, y a su concubino, Horacio Oscar Pamich, ambos de 56 años, que en fecha estimada entre el 5 de octubre de 1999 y el 27 de junio de 2001, abusando de la incapacidad e inexperiencia de Alicia Florentina Navarrete, quien era asesorada y representada judicialmente por Grasso, le hicieron firmar un pagaré a nombre de Pamich por 9.500 dólares, ignorando la damnificada que contraía una obligación, que por otra parte no respondía a deuda real alguna. El delito adjudicado a la abogada y a su pareja está previsto en el inciso segundo del artículo 174 del Código Penal, y su configuración exige que el autor explote la situación de la víctima para hacerle firmar un documento que importe cualquier efecto jurídico. La figura integra el capítulo de "estafas y otras defraudaciones, y se sanciona con pena de dos a seis años de prisión. La denunciante, que fue embargada por una suma mayor a la reclamada para responder a eventuales intereses y costas, expuso que es analfabeta y sólo sabe dibujar su firma, y que desconoce haber firmado el pagaré, aunque presume que le fue introducido entre otra documentación que le hiciera firmar Grasso. Aseguró que nunca le firmó nada a Pamich, que no realizó con este operación comercial alguna, y que tampoco contrató con él servicio de transporte alguno. Esta última aclaración es en respuesta al argumento de los imputados, referidos a que el pagaré ejecutado correspondía a diez viajes que Pamich habría realizado con su camioneta a solicitud de Navarrete. Cobra relevancia en la causa la calidad de letrada de uno de los imputados, y el informe del psicólogo forense, quien dictaminó que la denunciante padece un retraso mental moderado, además de un trastorno de origen psicogénico que la incapacita para cualquier tarea que requiera algún grado de abstracción y/o concentración. Remarcó el funcionario que "todo ello resulta o simplemente detectable por cualquier persona". | ||
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