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Menos trámites para liberar el pago de patentes | ||
Con un formulario en Rentas, comprador y vendedor formalizarán la transacción. Se tomó como antecedente un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. | ||
VIEDMA (AV).- Los ex propietarios de vehículos radicados en Río Negro tendrán mayores facilidades documentarias para liberarse del pago de patentes, según lo dispuso la Dirección General de Rentas. La decisión se tomó para evitar que algún contribuyente quede con alguna obligación tributaria cuando ya se desprendió del vehículo en el marco de una operación de venta. En la provincia suelen realizarse alrededor de 3.000 transacciones mensuales, aunque según se pudo verificar en el ente recaudador, muchos no formalizan los traspasos. La nueva disposición pretende agilizar los trámites con el simple llenado de un formulario oficial que, como requisito indispensable, deberá contar con el aval de quien vende y el comprador. Se tomó como antecedente que la Corte Suprema de Justicia de la Nación dio la razón a la provincia de Entre Ríos en un litigio en el que la Nación reivindicaba para sí la potestad de determinar los procedimientos de inscripción de vehículos. Los jueces nacionales rechazaron la defensa del Estado Nacional basándose en el que el poder tributario provincial permanece intacto aún después de la reforma de la Ley Nacional 25.322" y además "las provincias -desde el punto de vista financiero- gozan de las mas amplias facultades". La Nación no liberaba de las responsabilidades civiles a los ex propietarios por la falta de pago de las patentes. Mucho antes de conocerse el pronunciamiento de la Corte Nacional, el Superior Tribunal de Justicia rionegrino había dado la razón a un contribuyente que buscó evitar las consecuencias de una mayor presión tributaria. Los ex propietarios podrán denunciar la venta ante el Registro de Propiedad del Automotor, que depende de la Nación, pero para Rentas sólo bastará que se le haga saber por escrito solamente a Rentas de la provincia. El organismo rionegrino estableció en los considerandos que "dadas las actuales circunstancias jurisprudenciales, es absolutamente viable retomar el criterio originalmente mantenido, señalando que las disposiciones de la Ley Nacional 25.322 no son de aplicación obligatoria en virtud del régimen federal de gobierno". Agrega que "la denuncia de venta si bien restaba obligaciones al antiguo poseedor de los daños y perjuicios que pudieran producirse por el uso del vehículo, no liberaba de la responsabilidad tributaria que continuaba en cabeza del propietario". El director general de Rentas, José Luis Giorgis, dispuso que se libere a los titulares dominiales originarios pero debe existir la conformidad del ex propietario y del destinatario. El organismo rionegrino tiene un convenio con para incorporar información que complementen las comunicaciones mensuales realizadas por los registros seccionales en lo que respecta a los trámites de venta y la conformación del correspondiente formulario de declaración jurada. | ||
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