| | | | | Edicion impresa pag. 31 » Policiales y Judiciales | | | | | | Confirman la absolución de un taxista por un procedimiento "nulo" | | | | | | | | | | | | CIPOLLETTI (AC).- El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de queja que presentó el fiscal de Cámara Ricardo Maggi en el caso del taxista que llevaba un arma en su auto. La Cámara Segunda había absuelto al imputado por considerar, entre otros argumentos, que el procedimiento realizado por la policía fue "nulo". Maggi opinaba lo contrario y pretendía una condena. Pero el máximo tribunal le dio la razón a los jueces y confirmó "en todas sus partes" el fallo. El hecho tuvo repercusión en Cipolletti. Ocurrió el 23 de diciembre de 2006 a las 4.30 aproximadamente en la céntrica calle Roca, frente a una conocida confitería. La policía llegó al lugar cuando el taxista discutía con otro chofer. Según la requisitoria fiscal, lo redujeron, lo subieron al móvil policial y luego encontraron en su vehículo "un revólver calibre 32 cargado con seis cartuchos bajo efectiva e inmediata disponibilidad", decía la requisitoria fiscal. Llegó a juicio imputado por el delito de "portación de arma de uso civil sin la debida autorización legal. En su alegato, Maggi había pedido una condena de 2 años y medio de prisión de cumplimiento efectivo teniendo en cuenta, además, los antecedentes del imputado: había cumplido una condena de 13 años por robo con armas. Pero los integrantes de la Cámara Segunda no compartieron su criterio sino el de la defensora oficial, quien enfatizó que "abusando de sus funciones, los policías realizaron una requisa sin orden judicial". El STJ resolvió "rechazar" el recurso y confirmar el fallo todas sus partes" la sentencia inicial. | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | Los comentarios que aparecen a continuación son vertidos por nuestros lectores y no reflejan la opinión de la Editorial Río Negro S.A. Los comentarios se publican sin editarlos y sin corregirlos. Nos dejo su opinión | | | | | | | 22/03/2009, 22:49:32 | | | ugo | | La Ley de armas y explosivos 25886 en su artículo 189 bis del Código Penal en el punto (2) dice que. La simple tenencia de armas de fuego de uso civil, sin la debida autorización legal, será reprimida con prisión de hasta 2 años y multa de 1.000$ a 10.000$. a esto se suma el agravante de portación por el estado de uso inmediato y si el portador del arma registrare antecedentes penales por delito doloso contra las personas o con el uso de armas, o se encontrare gozando de una excarcelación o exencion de prision anterior y portare un arma de fuego de cualquier calibre, será reprimido con prision de cuatro (4) años a diéz (10) años. Señores las Leyes están solo que los Jueces no la hacen cumplir, o tiene mas valor el procedimiento incorrecto del policia que secuestró el arma del auto "propiedad mobiliaria" sin la orden Judicial?, y la identificación registral del arma?, no tendra pedido de secuestro?, pertenecerá a una causa de algun hecho? | | | | | 22/03/2009, 22:31:45 | | | Juan de Roca | | JESUS: estas en lo correcto, pero se cae de maduro...
la justicia esta ciega y no se dio cuenta que un plaito de la balancita esta del lado de los malvivientes... | | | | | 22/03/2009, 10:01:13 | | | MARIA | | Díganme si esto no es una joda!!! El Dr. Sodero Nievas puede decidir en un caso (Ponce de León vs. Decano Salgado) que las declaraciones injuriantes pueden estar legitimadas por el contexto. Pero no puede decidir que la portación de un arma 32 cargada es más grave y peligrosa que la requisa sin orden judicial. En otros casos, los jueces nos dicen que cuando es necesario la policía puede actuar sin orden judicial pero no quiere comprometerse. Quién los entiende? Cuando este taxista sea noticia por matar a alguien, como nos dice Juan de Roca, se harán responsables los jueces de haber firmado la pena de muerte de la víctima? O seguirán desentendiéndose, amparados en un código que ellos mismos interpretan convenientemente cuando deben amparar a un miembro de su corporación? | | | | | 22/03/2009, 08:00:47 | | | jesus | | Che Juan, lo de la orden del Juez para requisa es cierto, lo que me extraña que la poli alla incurrido en eso.- | | | | | 22/03/2009, 02:36:05 | | | Juan de Roca | | Anoten bien todos los datos... porque este señor tarde o temprano sera tapa de diarios....
con esta justicia los malvivientes estan de parabienes.... | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
|
|
|
|
| | | | | | | | | NO detenerse en doble fila. | | | | | | |
|
|
| |
|
|
»Contenidos,
microprogramas y archivos multimedia. Una manera distinta
de abordar la realidad. |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
| | | | |
|
|
|
|
¡Nero gratuito!
Una de las herramientas más prácticas y rápidas
para la grabación de CDs y DVDs |
|
|
|
|
|
| | |