A pesar del cuarto de siglo transcurrido desde las elecciones de 1983, se ha conservado una práctica que fue anterior a aquel momento refundacional de nuestra democracia electoral. En efecto, como sostuvo hace varios años la politóloga Liliana De Riz "una mirada retrospectiva de la experiencia histórica argentina nos indica que las reformas al régimen electoral han estado supeditadas ya sea a las necesidades de gobiernos de facto que intentaron el camino de la legislación electoral para controlar el retorno de los regímenes constitucionales, o bien obedecieron a las ambiciones del partido dominante".
La historia de esta práctica va a cumplir dieciocho años con la próxima convocatoria lanzada por la presidenta para el 28 de junio. Durante ese tiempo hubo un total de nueve turnos electorales. Fue en 1991 que nació esa práctica: los comicios nacionales para diputados nacionales no fueron simultáneos. En ese mismo turno, igual que en los que siguieron, hubo distritos provinciales que además tomaron la decisión de divorciar la elección a gobernador de las federales. Este calendario estalló abiertamente en el prolongado ciclo electoral que se extendió durante más de un año desde setiembre del 2002 con los comicios en Córdoba hasta los últimos de Corrientes, Tierra del Fuego, San Luis y Entre Ríos en noviembre del 2003.
Ciertamente el establecimiento de las fechas electorales, la concurrencia de los turnos eleccionarios, lo mismo que la no simultaneidad de los mismos, han ingresado en la agenda de estudios de los politólogos. Especialmente de aquellos que hacen una evaluación de los distintos sistemas electorales. La mayor parte de ellos atiende a una fórmula repetida tantas veces por Giovanni Sartori: "No hay sistema electoral inocente". Y no es menor esta afirmación, porque estudiar la manipulación de la mecánica electoral nos ayuda a entender cómo se determina tanto el comportamiento del elector como el perfil de la oferta partidaria.
Además la literatura existente apunta sus análisis a los efectos de esa práctica sobre la conformación de un gobierno unido, o sea las posibilidades de constituir mayorías legislativas favorables al presidente. También la construcción de un mapa partidario de amplia y variada oferta, eventualmente de alta fragmentación por el excesivo tono provincialista de las candidaturas. Asimismo se considera que determinados resultados derivan en un sistema de partidos más reducido, que algunos califican del tipo "unitario" por su inconfundible clivaje nacional.
Para aquellos que postulan la no concurrencia de las elecciones nacionales tanto de ejecutivos como legislativos -independientemente de su escala provincial y federal- hay un modelo de referencia que plantea la defensa de una república regida por los pesos y contrapesos, no sólo entre aquellos dos poderes, también respecto del lugar que ocupan los poderes electivos de menor rango, sobre todo los de nivel municipal. El punto central de esa fórmula de republicanismo "ideal" es establecer reglas para asegurar electoralmente, y de manera directa, legitimidades de origen transparente, limpias. Esa limpieza estaría garantizada una vez que se alejaran de la contienda las distorsiones que conllevan la simultaneidad de los actos electorales, donde prima el llamado efecto "arrastre" o el otro, de sentido inverso de "tracción" de abajo hacia arriba. Por supuesto que nada es tan puro como se supone en el modelo deseado. Y aun menos resulta posible de aplicar. Tal es el caso de lo que se dirime en el próximo turno electoral del 2009. Es que estas elecciones son sólo legislativas y su peculiaridad es que su carácter se da en un doble sentido. Por un lado, porque apuntan a renovar la mitad de la Cámara de Diputados y un tercio del Senado Nacional. Pero por otro, porque también se renueva la mitad de aquellas legislaturas distritales -no sólo provinciales, también muchas comunales como ocurrió recientemente en Catamarca- donde su Constitución así lo permite. En ese sentido cobra importancia la contienda que se llevará a cabo en el segundo distrito electoral del país: la ciudad autónoma de Buenos Aires. Y aquí aparece la concurrencia de dos actos comiciales. Y, eventualmente, los efectos contaminantes que los defensores del ideario republicano parecen haber dejado de lado por un simple cálculo de resultados. Unos buscarán "nacionalizar" la contienda y otros "territorializarla".
Finalmente, como bien señalan algunos autores cuando se cambian las fechas, se superponen o desdoblan arbitrariamente los comicios independientemente de la categoría que sea, se resiente "el monitoreo o accountability que el electorado ejerce sobre los representantes por medio de las elecciones".
GABRIEL RAFART (*)
Especial para "Río Negro"
(*) Profesor de Derecho Político de la UNC